
Radio Televisión Española (RTVE) tendrá que hacer públicas sus cuentas. El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 4 de Madrid ha confirmado la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG), de 9 de junio de 2016, que instaba al ente a proporcionar, en 20 días hábiles, la última auditoría pública realizada por la Intervención General del Estado (IGAE) al ente público radioeléctrico. Es la primera vez que un juzgado obliga a RTVE a publicar el total de sus cuentas.
La sentencia, de 28 de febrero de 2016, rechaza el recurso interpuesto por RTVE, que alegaba que la resolución del organismo era incongruente y que la información solicitada no era una auditoría de cuentas, sino una auditoría de cumplimiento y una auditoría operativa.
La magistrada María Yolanda de la Fuente Guerrero, da la razón al CTBG que establecía que, de acuerdo con el artículo 8.e de la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, "RTVE debe hacer públicas las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan".
La solicitud presentado por el interesado, presentada el 28 de enero, fue denegada el 12 de febrero.
El juzgado respalda los argumentos expuestos por el Consejo de Transparencia en que la información solicitada está sujeta tanto al principio de publicidad activa como al derecho de acceso a la información. En este sentido, la ley, "en el ámbito de la información de relevancia económica, presupuestaria y estadística, se establece un ámbito catálogo que debe ser accesible y entendible para los ciudadanos, dado su carácter de instrumento óptimo para el control de la gestión y utilización de los recursos públicos". La publicidad activa, además, obliga a "difundir determinada información sin esperar una solicitud concreta de los administrados".
Existe derecho a acceder
El texto del CTBG aseveraba que "el uso de fondos públicos se encuentra precisamente en el eje de las obligaciones de Tranpsarencia" y es "uno de los elementos fundamentales para la rendición de cuentas". En este sentido, el fallo ampara que la auditoría pública realizada por la Intervención delegada de la IGAE en CRTVE "supone el ejercicio de las funciones de control conferidas a la IGAE" por la ley y, en consecuencia, existe derecho a acceder a la información solicitada.
Por todo ello, el juzgado rechaza el recurso de RTVE (condenándole, además, en costas) y confirma la resolución del Consejo de Transparencia.
RTVE ha sido uno de los entes públicos que más resistencia ha mostrado a las resoluciones del Consejo reclamándole transparencia sobre sus cuentas, gastos y otras cuestiones presupuestarias. De hecho, son varios los procedimientos judiciales abiertos en este sentido.