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Situación de urgencia en lo Social, Instancia y lo Mercantil

La carga de trabajo de los órganos judiciales también es un elemento de gran preocupación para los jueces decanos, que consideran especialmente urgente la situación de los juzgados de lo Mercantil, de Primera Instancia y de lo Social. En todos los ámbitos, más del 90 por ciento de los juzgados supera el 150 por ciento del indicador de entrada adecuada de asuntos fijado por el Consejo del Poder Judicial (CGPJ).

Las Conclusiones alertan que la entrada masiva de asuntos en las tres jurisdicciones -"fundamentales en el ámbito económico", aseveran- ha demorado los señalamientos "hasta fechas insoportablemente lejanas", siendo especialmente preocupante -"crítica"- la situación de los Juzgados de lo Social.

El documento también rechaza la estadística difundida por el Ministerio de Justicia, según la cual, gracias a las reformas adoptadas en los últimos años, se había producido un descenso en el número de causas penales. En su lugar, asevera que la carga de trabajo de los Juzgados de Instrucción y de lo Penal "es exactamente al misma" y lo único que se ha reducido es el trabajo burocrático de la oficina judicial y no del juez.

Como norma general, se considera necesario establecer una definición de carga de trabajo y aplicarse un límite de entrada de asuntos máximo admisible en los órganos judiciales. "El sistema no puede descansar únicamente en el voluntarismo o heroicidad de los jueces poniendo en riesgo su salud", se señala.

Proceso penal

Los jueces decanos también plantean -mientras se procede a una reforma integral del proceso penal- una serie de reformas de menor calado en este orden. Entre ellas destaca la limitación del sistema de recursos durante la fase de instrucción, dotar de una nueva regulación que limite la acusación popular ante los malos usos o sustraer del ámbito del tribunal del jurado los delitos de corrupción política.

Asimismo, consideran necesario abrir un debate sobre el mantenimiento de la exigencia de responsabilidad civil en el proceso penal -"ya que lo retrasa extraordinariamente"- y externalizar a la Agencia Tributaria el cobro de multas penales, aunque manteniendo, en todo caso, su control judicial.

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