
El Defensor del Pueblo reclamó ayer las modificaciones legales necesarias para hacer compatible que los artistas puedan cobrar por su actividad creativa una vez alcanzada la edad de jubilación, sin tener que renunciar a su pensión de jubilación. Según una nota difundida por la institución, esta imposibilidad "constituye un desincentivo a la labor creadora" y "compagina mal" con la protección de los derechos creación literaria, artística y científica del artículo 20 de la Constitución.
El organismo argumenta que la labor creativa no sólo constituye un bien particular del autor, sino que también es una contribución al conjunto de la sociedad.
Desde 2012, los creadores que quieran seguir trabajando una vez alcanzada la edad de jubilación, deben elegir su pensión o su remuneración como autor, si por sus creaciones obtienen una cantidad superior al salario mínimo interprofesional.
"El criterio mantenido por la Administración hace que los creadores tengan que elegir entre seguir con su actividad o percibir la pensión de jubilación, lo que no resulta razonable", asevera la institución dirigida por Soledad Becerril, que reclama que, mientras no se implante un régimen de plena compatibilidad, se haga una interpretación de las normas que asegure que los interesados no queden en una situación económica desfavorable por el hecho de continuar su actividad creativa.
Finalmente, el Defensor del Pueblo propone detraer las cotizaciones sociales del límite a partir del cual se declara la incompatibilidad, establecer una cantidad mínima de garantía que evite la retirada de la pensión completa y admitir la posibilidad de regularizar la situación a posteriori.