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Los asesores piden a Hacienda que "ponga orden en su casa"

  • La Aedaf reclama a la Administración que se reconozca la deducibilidad fiscal de todos los intereses de demora
Foto: Archivo

"La Ley no ha cambiado prácticamente en el tema de los intereses de demora, pero el criterio de la Inspección sí y esto va a hacer que se incremente la litigiosidad", afirmó ayer el presidente de la Asociación Española de asesores Fiscales (Aedaf), José Ignacio Alemany, en la presentación del informe el documento titulado Sobre la deducibilidad en el Impuesto sobre Sociedades de los intereses de demora tributarios, en el que expresa su postura sobre este polémico tema.

Según explicó Carlos Hernández, coordinador de la Sección del Impuesto sobre Sociedades de esta entidad, se persiguen cuatro objetivos. De una parte, fijar el posicionamiento de la Aedaf respecto a la indiscutible deducibilidad fiscal de los intereses de demora y lograr que se siente doctrina sobre la materia. En la misma línea, denunciar ante la opinión pública la actual situación de inseguridad jurídica provocada por las discrepancias de criterio entre distintos órganos de la propia Administración tributaria. Y, finalmente, servir de ayuda a los contribuyentes ante la actuación administrativa.

Igualar el tratamiento

La Aedaf reclama que Hacienda reconozca la deducibilidad de los intereses de demora, tanto antes como después de la entrada en vigor de la Ley 27/2014, en línea con la doctrina de la Dirección General de Tributos (DGT). "Reclamamos al secretario de Estado de Hacienda que ponga orden en su casa, que aclare este tema y que lo acate toda la Administración tributaria", reclamó Carlos Hernández.

El documento relata cómo, durante dos décadas y desde que la Ley 43/1995 suprimiera el concepto de gasto necesario, la deducibilidad de los intereses de demora era una cuestión pacífica, hasta que el Tribunal Económico-Administrativo Central (Teac) ha modificado su criterio, negando la naturaleza de deducible a estos gastos, lo que ha motivado la inmediata actuación de la Inspección.

Por el contrario, la Dirección General de Tributos (DGT) mantiene su criterio anterior, pronunciándose a favor de la deducibilidad.

"Alguien ha provocado una auténtica explosión sin venir a cuento y estamos hablando de cantidades importantes para las empresas", reflexionó Hernández, quien afirmó que es como ?un cjoque de trenes, en el que los que pierden son los viajeros, en este caso son los contribuyentes afectados".

La Aedaf denuncia que tanto el Teac y como la Inspección yerran al negar la deducibilidad del gasto, porque se basan en una jurisprudencia sólo aplicable a la Ley 61/1978, derogada en 1995.

"Desde Aedaf reclamamos seguridad jurídica", afirmó José Francisco Alfonso, vocal responsable de Estudio e Invetigación.

El informe de Aedaf señala que la controversia en esta materia tradicionalmente pacífica es sólo una muestra más de la inseguridad jurídica generada por las repetidas discrepancias de criterio, por lo que, en evitación de mayores conflictos y polémicas a los que inevitablemente conduce la situación actual, debería de acabarse con las discrepancias de criterio entre los distintos estamentos de la Administración tributaria (DGT-Aeat-Teac) que no generan más que inseguridad jurídica y perjuicios a los contribuyentes. Bastaría con que el Teac rectificase su doctrina o que el ministro de Hacienda dictase una disposición interpretativa o aclaratoria. "El respeto a los derechos de los contribuyentes y a los principios constitucionales de actuación administrativa lo demandan", dice.

Además, se suma la Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Icac), de 9 de febrero de 2016, en la que se obliga a provisionar los intereses recurridos. La fecha de esta provisión amenaza con ser la próxima batalla interpretativa entre Hacienda y asesores fiscales, ya que mientras que para éstos últimos la medida debe adoptarse al constatarse que existe posibilidad de que un tribunal declare no deducibles los intereses, para Hacienda esta medida puede tener carácter retroactivo desde enero de 2015 a la fecha de imposición de los intereses.

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