Ecoley

Obligar a facturar en un único idioma vulnera el Derecho comunitario

  • La resolución apuesta por la libertad de los contratantes de elegir la lengua de los documentos
  • Normas en este sentido van "más allá de lo estrictamente necesario" para la promoción del idioma
Imagen: archivo

La obligación de redactar las facturas transfronterizas exclusivamente en una lengua es contrario al Derecho comunitario. Así lo determinan las conclusiones del abogado general Saugmandsgaard, hechas públicas hoy.

En el supuesto analizado, una empresa establecida en una región de lengua neerlandesa en Bélgica denuncia ante el Tribunal Mercantil de Gante (Bélgica) la normativa lingüistica de la región por ser contraria al Derecho de la Unión Europea (UE). La legislación flamenca determina que las empresas establecidas en dicho territorio deben utilizar la lengua neerlandesa para redactar las escrituras y los documentos que exija la ley, so pena de nulidad.

Las conclusiones aseveran que el hecho de que dotar de carácter imperativo al neerlandés en al redacción de las facturas, afecta en mayor medida a las exportaciones que a la comercialización de productos en el mercado nacional. "Las partes no pueden optar libremente por una lengua que ambas dominen ni, en particular, por una lengua de uso más común en el comercio internacional", aseveran.

Al poder provocar que el destinatario de la factura tenga dificultades para comprenderlas, razona el letrado, la normativa tiene un efecto disuasorio para los intercambios comunitarios. Los intereses de "protección de la lengua oficial y facilitación de los controles administrativos y tributarios podrían garantizarse igualmente con medidas menos lesivas para la libre circulación de mercancías".

La resolución, asimismo, considera que es "primordial" que el destinatario de la factura, en el caso de no dominar la lengua oficial, pueda comprender los datos contenidos en el documento. Las normas lingüísticas como la controvertida, asegura, "parecen ir más allá de lo estrictamente necesario" para promover el idioma en cuestión.

"Bastaría con exigir en la práctica que, cuando las partes interesadas deseen redactar las facturas en otra lengua,m se aporte una traducción en neerlandés o, en su caso, se realice una traducción a posteriori", concluye. Y añade que las sanciones previstas -la nulidad- no contribuyen a los objetivos perseguidos. "Esas sanciones tan drásticas son claramente excesivas".

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky