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Los administradores critican la reforma de los concursos

  • Denuncian que los cambios legislativos han agravado los problemas y traerán la desprofesionalización del sector
  • El Ejecutivo ha cambiado tres veces el texto en sólo diez meses, sin consultar con ellos
Luis Martín, eE

La Asociación Profesional de Administradores Concursales en España (Aspac) considera que los últimos cambios legislativos en materia concursal han agravado los problemas del sector y supondrán la desprofesionalización del mismo y un peor sistema de la insolvencia, alejado del entorno europeo.

"En vez de atajar los problemas, los últimos cambios legislativos introducidos no han hecho más que dificultar el trabajo en los concursos, limitando de manera notable la calidad de los servicios prestados. Las reformas en marcha presagian la muerte de la administración concursal profesionalizada", auguró ayer Luis Martín, presidente de la Asociación de Administradores Concursales (Aspac).

Para este colectivo profesional la gran incertidumbre generada está teniendo como consecuencia una menor garantía de la recuperación del crédito por parte de los acreedores y un daño a la economía.

A este respecto, Martín aseguró ayer que "el objetivo del concurso de acreedores es el reequilibrio económico de quien se halle en situación de insolvencia, asegurando la viabilidad de las empresas y los puestos de trabajo que ello supone. Se trata de un proceso en muchas ocasiones farragoso, debido a la limitación de medios humanos y materiales de los juzgados mercantiles".

Un maratón legislativo

Los administradores concursales se quejan de que en apenas diez meses, el legislador ha reformado tres veces la Ley Concursal sin tener en cuenta la postura de los expertos del sector (9/2015, de 25 de mayo; 25/2015, de 28 de julio; y 40/2015 de 1 de octubre).

Por ello, Aspac valora en una nota hecha pública ayer, como desafortunados varios artículos de la Ley Concursal, como las modificaciones operadas en el sistema de designación de la administración al optar por la designación mediante lista secuencial, la imposición a estos profesionales de costes que no les corresponden (tales como la tasación de inmuebles -artículo 94.5 de la Ley-, la valoración de la unidad productiva -artículo 149.1.1ª- o la aportación al fondo de garantía arancelaria de sus honorarios -artículo 34 ter y quáter de la Ley-.

En cuanto a la limitación de la retribución del administrador concursal, Aspac entiende que ésta debe ser justa y proporcionada al trabajo y responsabilidad que le es exigible. De esta forma, denuncia que la limitación retributiva y las cargas impuestas son "totalmente injustas y desproporcionadas".

Aspac ha manifestado en numerosas ocasiones su oposición a estos artículos y por ello ha enviado un documento de propuestas y alegaciones al legislador respecto a la propuesta de Desarrollo Reglamentario del Estatuto de los Administradores Concursales que todavía sigue negociándose.

Además, ha acordado el sometimiento a informe de expertos la posible inconstitucionalidad de ciertos aspectos como el régimen transitorio de acceso a la listas (por quien en la actualidad ya lo es), la imposición de costes de informes de tasación de inmuebles y valoración de unidad productiva, la aportación al fondo de garantía arancelaria y el eventual desarrollo reglamentario en aquellos aspectos que tengan reserva de ley.

Así, con respecto al acceso a la profesión, Aspac considera en su nota que los cambios en el examen de aptitud profesional previsto permitirán la selección de profesionales sin limitación, lo que dará lugar a que en la lista oficial haya muchos más inscritos de los necesarios para tramitar los concursos, "además de poco especializados".

Según datos de la Asociación, en la actualidad, se encuentran inscritos 9.000 administradores concursales en las listas para una media de 6.084 concursos al año, cifra que desde 2014 ha comenzado a caer.

Finalmente, piensan, también, que las nuevas medidas alejan a España del entorno comunitario.

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