Contencioso administrativo

Europa permite multar a las webs por opiniones ofensivas de usuarios

  • Estrasburgo sostiene que no supone una violación de la libertad de exprensión
Foto: Archivo

Los Estados europeos pueden responsabilizar a los portales de Internet de los comentarios vertidos por sus usuarios en la web. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) asegura que esas medidas no violan el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que versa sobre la libertad de expresión.

Estrasburgo responde así a una empresa que edita un portal de noticias en Estonia. La entidad presentó un recurso después de que los tribunales de su país la condenaran, con una multa de 320 euros, por los comentarios ofensivos de sus lectores en el portal. Es el primer caso sobre este asunto en el que se pronuncia el Tribunal de Derechos Humanos.

La sentencia, dictada ayer, sostiene que "los comentarios en cuestión habían sido extremos y se han publicado en reacción a un artículo publicado por la empresa". Además, el fallo destaca el carácter "profesional y comercial" de la página, por lo que se le pueden exigir responsabilidad por esos comentarios.

El TEDH considera que la sanción con la que se ha multado al portal "de ninguna manera ha sido excesiva, ya que es uno de los más grandes del país". Además, el Tribunal señala que la web tardó demasiado tiempo en retirar las opiniones de los lectores. "Los tiempos para eliminar los comentarios ofensivos sin que se incurra en demora han sido insuficientes". Los editores tardaron seis semanas en retirarlos.

El Tribunal interpreta que las opiniones son "expresiones de odio y la incitación a la violencia", que es uno de los límites a la libertad de expresión que reconoce la Convención. Además, la sentencia distingue entre una web de noticias profesional y un foro promovido por una persona privada. "La empresa tenía un amplio número de lectores y había un interés público", indica.

Definir la responsabilidad

El ponente del fallo asegura que, en este caso, "la restricción está justificada y es proporcionada a la libertad de expresión del portal". Sin embargo, diserta sobre si la responsabilidad es del propio editor o de las personas que publicaron las opiniones, que son comentarios anónimos y ajenos a la empresa.

En este sentido, el Tribunal es reacio a exigir la responsabilidad a los autores. La sentencia enfatiza sobre las características técnicas de la web, que impiden a los lectores borrar los comentarios una vez publicados. "Aunque la empresa no tuviera control sobre los autores, esto no significa que no lo tenga sobre el medio en el que se publicaban", indica.

El fallo concluye, además, que los editores no pusieron en marcha las medidas necesarias para identificar a los autores de los comentarios. Por ello, la responsabilidad recae de manera única en el portal.

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