
El Gobierno aprobará, en los próximos doce meses, ocho textos refundidos de leyes, que han sido modificadas en numerosas ocasiones y destacan por su relevancia en un área de actividad, especialmente sociolaboral.
Esta delegación parlamentaria se hace según lo establecido en el artículo 82 y siguientes de la Constitución, mediante la Ley 20/2014, de 29 de octubre, publicada ayer en el BOE.
Esta normativa, que fue aprobada en el Parlamento con un amplio consenso y sigue los postulados de la OCDE sobre la necesidad de simplificar los trámites administrativos en España, redundará en una mayor claridad dispositiva y seguridad jurídica de los ciudadanos.
Las normas afectadas por estas refundiciones serán en el ámbito sociolaboral: la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal; el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo; y la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Además, se verán afectadas por esta norma, la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores y el Texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio.
Los Reales Decretos Legislativos incluirán la derogación expresa de las normas refundidas y de los reglamentos afectados.
El Congreso de los Diputados ejercerá el control de la legislación que el Parlamento delega al Gobierno con esta norma.