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Europa avanza en la armonización del canon por copia privada

Ilustración: Belén Espejo.

Mientras en España se ultima la reforma del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI), en Europa avanzan los planes en materia de armonización del canon digital y, a pesar de que la UE quiere crear un marco único, en principio el sistema de canon que ha creado el legislador nacional será compatible con los planes comunitarios. ¿Es legal el sistema de cobro del canon digital en España?

El debate sobre el sistema de compensación por copia privada se reabrió en Europa en 2011, con el fin de armonizar los criterios con los que éste se aplica en los distintos Estados miembros. El último fruto de ese esfuerzo negociador es un informe que acaba de publicar la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo, sobre los cánones por copia privada.

Armonización del canon

El objetivo es armonizar determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines, incluyendo todas las excepciones y limitaciones vinculadas a las copias privadas. Precisamente uno de los tres pilares de la futura reforma de la Ley de Propiedad Intelectual se encuentra en la modificación de ciertos aspectos relacionados con esas excepciones y con el derecho al cobro de una compensación, limitando la aplicación del canon. Por ejemplo, se elimina el pago del canon en el caso de empresas y profesionales, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE (caso Padawan/Sgae), cumpliendo así con una de las peticiones que marca el informe de la Eurocámara.

En este sentido, la propuesta que recoge el informe fija que debe estar claramente definido el concepto de copia privada para todo material, y que el usuario debe tener acceso a contenidos protegidos por derechos de autor en todos los soportes tras un único pago. Sin embargo, pide que se "respeten los sistemas ya vigentes en los Estados miembros, como las excepciones o las exenciones en la aplicación del canon, y que resulte posible su funcionamiento en paralelo".

Cuestión de competencia

El informe asegura que los cánones por copia privada representan una fuente de ingresos de importancia variable en función de la categoría de titular de derechos, y apunta que su trascendencia varía significativamente entre los Estados miembros.

Por ello, subraya que las grandes disparidades entre los sistemas nacionales de percepción de cánones, en particular en lo que respecta a los tipos de productos sujetos y su cuantía, "pueden dar lugar a distorsiones de competencia y a una posible búsqueda del fuero más favorable dentro del mercado interior".

En materia transfronteriza, la Eurocámara considera que el canon por copia privada deben pagarlo los fabricantes o los importadores, ya que, si esta recaudación se trasladara a los minoristas, "la carga administrativa que soportarían las pequeñas y medianas empresas de distribución y las entidades de gestión colectiva sería excesiva". Además, recomienda que, en el caso de las transacciones transfronterizas, los cánones por copia privada se perciban en el Estado miembro de residencia del usuario final.

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