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Los jueces piden estímulos para la "dación en pago"

"La dación en pago ha funcionado muy bien, pero ha muerto de éxito, tal y como tituló la prensa hace tiempo (ver elEconomista de 31 de octubre de 2009), puesto que las entidades financieras han empezado a no aceptar más inmuebles", afirmó ayer el juez Fernando Presencia, titular del juzgado Mercantil nº 2 de Valencia.

La fórmula que aportó ayer durante su intervención en el Primer Foro Concursal, (organizado por Fundieco) pasa por periodificar las pérdidas que suponen las daciones para las entidades financieras. Que no tengan que manifestar estas pérdidas en un solo ejercicio, sino en varios para evitar que entren en causa legal de disolución, como ha ocurrido en algunos casos.

El problema que plantea a las entidades financieras la dación en pago es que necesitan que la operación se realice en el mismo año, puesto que de superarse el ejercicio les obliga a incluir dotaciones que la encarecen, por lo que en estos casos, prefieren acudir a la subasta para hacerse con los inmuebles por el 50 por ciento de su valor hipotecario.

En el caso de la dación en pago, las entidades que deciden colaborar en la viabilidad de la concursada mantienen la valoración de la hipoteca al cien por ciento.

Las ventajas de la hipoteca

Además, el juez Presencia explicó que a pesar de esta valoración, la concursada que tiene diferentes activos hipotecados no debe incluirlos todos en la dación, puesto que "los concursos con bienes hipotecados tienen más posibilidades de alcanzar convenio que las que carecen de ellos, puesto que cuando no hay concurso la hipoteca es un gravamen con un coste, pero cuando no hay concurso, en la actual crisis, actúa a la inversa puesto que la hipoteca es la única herramienta que hace que el bien hipotecado en el concurso tenga un valor de referencia anterior a la crisis. Son bienes donde el valor está atrapado", concluyó.

Destacado también en la intervención de Rafael Devesa, titular del Juzgado Mercantil nº 1 de Alicante, cuando al referirse al nuevo cierre exprés se preguntó que una vez que la decisión final del concurso sea cosa juzgada y deba ejecutarse, "quién lo llevará a cabo, el juez del concurso o el de apelación" Él optó por el del concurso.

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