
La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha propuesto al Gobierno que modifique el artículo 41 del anteproyecto de la Ley de Economía Sostenible (LES) para evitar que la remisión telemática de escrituras de constitución de sociedades limitadas se convierta en un monopolio de los notarios.
En su informe sobre el articulado del anteproyecto, la Comisión defiende que únicamente pueda enviar las escrituras de constitución de sociedades el notario cuando cuente con autorización del interesado y de no recibirlas, que sea el interesado o un tercero (un gestor administrativo) quien lo remita.
La recomendación de la CNC va más allá y le dice al Gobierno que, cuando el interesado de su autorización al notario, que éste le entregue en el mismo día una copia electrónica de la constitución.
El informe considera que estas modificaciones son congruentes con la posibilidad que tienen los particulares de aportar copias electrónicas de documentos notariales ante las Administraciones Públicas y los órganos jurisdiccionales.
También, alega que de acuerdo con la legislación vigente, cuando se realiza en soporte papel corresponde al solicitante, quien puede decidir realizar esa inscripción por sí mismo o a través de cualquier tercero cuya actividad consista en realizar este tipo de gestiones, además del notario.
Con la redacción actual, afirma que "se restringen por tanto, de manera injustificada, las posibilidades de elección del particular, en caso de desear la tramitación telemática y no el papel, y con ello la posible competencia en la prestación de dicho servicio.
Licencias municipales
En los casos en que exista una licencia o autorización concurrente entre las entidades locales y cualquiera de las demás Administraciones Públicas, el anteproyecto de la LES respeta la normativa local, sin embargo la CNC propone que municipios, diputaciones y similares deban motivar expresamente la necesidad que para el interés general que se trata de proteger tiene esa autorización.
En caso de poder justificarlo, por encontrarse ya cubierta la defensa del interés general, se considerará improcedente su vigencia.
Negativa a ser un regulador
En su informe al Gobierno, la CNC muestra su "absoluta discrepancia con la voluntad de incluir a la CNC dentro del catálogo de organismos reguladores afectados por la futura LES". Considera que no es ni organismo regulador ni sectorial, y en consecuencia no debería estar incluido en la LES y que su inclusión "puede generar graves consecuencias no sólo sobre el funcionamiento de la CNC, sino sobre la coherencia del sistema español de defensa de la competencia como tal".
También muestra su extrañeza que el articulado de la LES haya incluido a la CNC entre los reguladores sectoriales y, sin embargo, no lo haya hecho con la Agencia de Protección de Datos, que es un organismo similar.
Discute la prevalencia de la regulación establecida en el anteproyecto con referencia a la Ley de Defensa de la Competencia. Y estima que su dependencia de Economía acabaría con su independencia.