
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha dado luz verde a su informe sobre el Anteproyecto de Ley de Jurisdicción Voluntaria, elaborado por los vocales Cabrejas Guijarro y Guilarte Gutiérrez, en el que se apuesta, entre otras cosas, por mantener en la esfera judicial asuntos como las separaciones y divorcios de mutuo acuerdo.
En un extenso documento, al que ha tenido acceso elEconomista, se concluye también que ciertas previsiones en materia de subasta extrajudicial de inmuebles sujetos a hipoteca podrían perjudicar al consumidor.
Así, en cuanto a la suspensión del procedimiento si cualquiera de las partes acredita haber planteado ante el juez el carácter abusivo de alguna de las cláusulas contractuales del préstamo hipotecario que constituya fundamento de la venta extrajudicial, "se trata de un modelo que sólo permite que el órgano judicial se pronuncie sobre el carácter abusivo de alguna de las estipulaciones del título cuando el interesado suscite tal pretensión, pero no da al juez la posibilidad de apreciar esa circunstancia de oficio, al no ventilarse el procedimiento -por definición- en sede judicial".
Además, se censura que el prelegislador "no ha dispuesto aquí ni siquiera un control de oficio -por más imperfecto que éste sea- por parte del Notario, consistente en que éste alerte a las partes sobre la posible abusividad de alguna de las cláusulas que constituya el fundamento de la venta extrajudicial".
No al "monitorio notarial"
El informe también arremete contra el llamado monitorio notarial, o reclamación de deudas dinerarias a través del fedatario público. El Poder Judicial "recomienda su supresión y su mantenimiento en el ámbito jurisdiccional", y ello partiendo de la ineludible necesidad de que sea el juez quien controle indirectamente a través de su exclusiva competencia para inadmitirlo, la propia admisión del proceso y la habilidad de la documentación presentada por el acreedor, "cada vez más compleja".
"Tal control no puede realizarse con las mínimas garantías de independencia por el notario que es elegido por un acreedor que unilateralmente desencadena el procedimiento".
Divorcios y separaciones
Si bien el CGPJ da su visto bueno a la celebración de matrimonios ante notario, no opina lo mismo en el caso de los divorcios.
"Es incuestionable la diferencia que existe entre matrimonio y divorcio, sin que la competencia para celebrar el primero ampare la de disolverlo", asegura el informe, que sostiene también que el divorcio es "un momento proclive para hacer valer situaciones de desigualdad o de otras índoles que propician la necesaria intervención del juez".