
Una sentencia del juzgado de lo Mercantil número 3 de Oviedo ha anulado por abusiva la cláusula suelo del 3% incluida en el préstamo hipotecario suscrito entre un consumidor y el Banco Popular Español, y obliga a la entidad financiera a reintegrar las cantidades debidamente cobradas desde la firma de la hipoteca, en agosto de 2005.
A pesar de que el banco señala que las cláusulas ?son perfectamente válidas y cumplen con los requisitos de transparencia exigidos?, en la sentencia, el juez admite que ?causa desequilibrios importantes en los derechos y obligaciones de ambas partes con perjuicio para el consumidor?. Asimismo, no hay prueba en que el banco incidiera en la cláusula suelo en su negociación con el consumidor, ?para que éste fuera perfectamente cabal de lo que estaba contratando y en fin de cómo iba a devolver el préstamo?, según reza la sentencia.