
El regulador señala que, de momento, ambas empresas deberán seguir manteniendo la colaboración que comenzaron en diciembre de 1998. Además, ni Orange ni Euskaltel podrán dirigirse comercialmente a los clientes afectados.
A comienzos de septiembre, la operadora vasca Euskaltel anunció que rompía su matrimonio, que databa de 1998, con Amena (ahora Orange). A partir de enero de 2007 sería Vodafone quien daría cobertura a los clientes con contratos de la compañía vasca.
Pero hubo problemas, porque Orange (la marca de telefonía móvil e Internet de France Telecom) no estaba dispuesta a dejar escapar a estos clientes, máxime si se tiene en cuenta que en el último año ha perdido ya casi 400.000 clientes en favor de Vodafone y Movistar. Perder el País Vasco sería un golpe muy duro. Ante la dispusta, fue Euskaltel la que acudió al regulador, que ahora toma como medida cautelar que todo siga como estaba.
La CMT señala que Orange y Euskaltel deberán respetar y continuar, de forma provisional, la relación contractual que venían manteniendo por el acuerdo que firmaron el 16 de diciembre de 1998.
No podrán dirigirse a los clientes
Además, ninguna de las dos compañías podrá dirigirse comercialmente a los clientes afectados, ya se trate mediante acciones individuales o colectivas encaminadas a la captación hacia su red comercial inducir la portabilidad hacia otra red de dichos clientes.
El organismo regulador desestima también la petición de Euskaltel de incluir dentro de las medidas cautelares el acceso a los recursos esenciales para posibilitar la migración de los clientes a su red. La CMT, que ha acordado la tramitación urgente de todo el procedimiento, argumenta que esta solicitud constituye precisamente el fondo de la controversia generada y, de adoptarse, podría ocasionar graves perjuicios económicos a Orange.
Por último, el regulador destaca que el objetivo de estas medidas es garantizar el mantenimiento de una imagen de continuidad a los clientes afectados y evitarles perjuicios. También pretende evitar que se produzcan daños económicos irreparables para alguna de las dos empresas hasta que se dicte una resolución definitiva.