Empresas y finanzas

Autónomos dependientes ya pueden registrar sus contratos en página web INEM

Madrid, 7 abr (EFECOM).- Los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TAED), es decir, aquellos que reciben al menos el 75 por ciento de sus ingresos de un mismo cliente, ya pueden registrar sus contratos a través de la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (INEM).

En la presentación del sistema informático de registro de los contratos, que tuvo lugar hoy en Madrid, el secretario general de Empleo, Antonio González, explicó que "varios centenares" de personas se han registrado en esta página desde que se abrió al público el pasado día 2 de abril.

Además, el director general de Servicio Público de Empleo Estatal, Eduardo González, cifró en un millar el número de autónomos económicamente dependientes que han registrado sus contratos desde el pasado octubre.

El director general de Economía Social, Trabajo Autónomo y Fondo Social Europeo, Juan José Barrera, que también participó en el acto, señaló que los trabajadores autónomos económicamente dependientes que deseen registrar sus contratos deberán hacerlo a través de esta página web o bien personándose en alguna de las 700 oficinas de empleo y prestaciones que el Servicio Público de Empleo Estatal tiene repartidas por todo el territorio.

Desde el pasado 12 de octubre los trabajadores autónomos económicamente dependientes pudieron registrar sus contratos en varias comunidades autónomas a través de una "encomienda de gestión", pero, según explicó Barrera, los contratos anteriores al 2 de abril serán transferidos al Servicio Público de Empleo Estatal.

Por otro lado, Barrera explicó que el Gobierno presentará en breve" a los sindicatos y a las organizaciones empresariales el borrador del reglamento que regulará los contratos de este colectivo y estimó que el Real Decreto podrá ser aprobado "antes de las vacaciones".

Dijo que el "grueso" del documento se referirá a los trabajadores de los sectores del seguro, el transporte y a los agentes comerciales, y que los trabajadores autónomos económicamente dependientes dispondrán de seis meses, a partir de la aprobación del Real Decreto, para registrar sus contratos.

Los clientes y empresarios tendrán como máximo un año para aceptarlo.

Una vez aprobado el reglamento, los trabajadores económicamente dependientes podrán registrar sus contratos de nuevo en aquellas comunidades autónomas que deseen colaborar con el Servicio Público de Empleo Estatal. EFECOM

mgg/lgp/mdo

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