
Las ideas empresariales pueden ser protegidas, tanto las que son la propia base de una empresa, como las que surgen a lo largo del tiempo. De esta manera, se garantiza el rendimiento económico de las mismas, para compensar la inversión y el esfuerzo invertidos en su concepción y desarrollo.
Las pymes son las principales generadoras de patentes y marcas que deben ser protegidas. De hecho, el 60,7% de las 1.193 patentes solicitadas en 2012 pertenecía a pequeñas y medianas empresas, según los datos de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Sin embargo, no todos los emprendedores conocen las claves y los procedimientos para llevar a cabo dicha protección. Por ello, Clarke, Modet & Cº ofrece 15 respuestas a dudas habituales sobre la protección industrial.
1. ¿Cuándo protejo mi Marca? ¿Antes de iniciar mi actividad o cuando mi negocio sea viable?
La Marca siempre es recomendable protegerla antes de iniciar cualquier actividad mercantil. Si no es así, puede ocurrir que invirtamos capital en promocionar nuestra empresa y un Tercero registre nuestra Marca o incluso ya la tuviera registrada con anterioridad. La Marca es un activo importante de la empresa, cuanto antes invirtamos en ella, antes creamos valor.
2. ¿Se puede proteger nuestra Marca a nivel mundial?
No. La Marca la debemos proteger donde tengamos o podamos prever que tendremos actividad comercial. La Marca se protege o solicita en los diferentes Organismos de Registro que existen: OAMI, OMPI, OEPM y las Oficinas de Registro Nacionales de cada país
3. ¿Cuántos tipos de Marcas existen?
Existen la Marca Española que registra la OEPM, la Marca Comunitaria (única para los 28 países miembros de la UE) que registra la OMPI, Marca Internacional (para todos los países que forman parte del Arreglo de Madrid) y la Marca Extranjera (para el resto de países que no han firmado dicho Acuerdo).
4. ¿Puedo ceder o vender mi Marca?
Desde el primer momento en que tenemos Certificación de Registro de nuestra Marca, podemos negociar o acordar Contratos de licencia con Terceros donde se acuerda para qué cedemos nuestra Marca (uso), plazo de tiempo y espacio geográfico. Si queremos vender nuestra Marca, primeramente hay que "valorizar" esa Marca o valorarla, es decir, dotarla de un valor económico que vendrá dado fruto de un estudio previo o Informe de "valorización" de la Marca.
5. ¿Protegemos nuestra Marca en todas las actividades o campos?
No. Las Marcas se solicitan y protegen en la/as actividad/es que nuestra empresa desarrolle (ya sean productos o servicios). Existe una clasificación denominada NIZA con 45 diferentes clases (diferenciadas entre productos y servicios). Podemos proteger nuestra Marca en todas las que queramos de ellas.
6. ¿Puedo proteger un logotipo como Marca?
Claro. Las Marcas pueden ser denominativas (sólo el término o términos), gráficas (si es una imagen o logotipo) y mixtas (denominativas junto con imagen o logotipo).
7. ¿Y si existe una Marca que es igual o parecida a la mía en el mismo sector económico que la mía?
Hay la posibilidad de oponernos a esa Marca (si se está en proceso de solicitud) ante la Oficina de Registro correspondiente. Si ese Tercero utiliza la Marca sin haberla registrado y es similar o parecida a la nuestra y existen elementos objetivos que hacen que nuestra actividad mercantil se vea perjudicada, podemos requerir a este Tercero para que cese de inmediato en el uso de esa Marca en base a nuestros derechos marcarios reconocidos.
8. ¿Cómo sabemos si un producto nuestro lo podemos proteger como Patente?
Se deben cumplir tres requisitos: novedad, carácter inventivo y aplicabilidad industrial. Es lo que comúnmente se llama un "invento" porque no existe anteriormente. Si no cumple esos tres requisitos podemos ir vía otras modalidades de protección como pueden ser los Modelos de Utilidad, Diseños Industriales, etc.
9. ¿Una Patente es única para todo el mundo?
No. La Patente se protege primero en un país nacional y dentro de unos plazos de tiempo, se puede solicitar la extensión de esa protección para otros países. En cada uno de esos países se deberán cumplir con los requisitos de patentabilidad de esos países, por supuesto.
10. ¿Puedo proteger mi Patente para toda Europa?
Sí, en breve se aprobará por los organismos europeos correspondientes este tipo de Patente llamada "unitaria" que funcionará básicamente como la Marca Comunitaria (se protege para todos los países miembros y con una única solicitud y procedimiento).
11. ¿Puedo patentar mi software?
Depende del país donde queramos patentar. En EEUU sí es patentable un producto de software, en cambio en la UE no es posible y vamos vía Propiedad Intelectual de contenidos digitales para su correcta protección. De todos modos, cada caso se estudia pormenorizadamente para ver su viabilidad como Patente o no.
12. ¿Cómo se protegen los contenidos digitales por ejemplo de nuestra web corporativa?
Los protegemos vía Derechos de Autor/Propiedad Intelectual. Eso no evita que un Tercero pueda copiarlos pero sí estamos pre constituyendo una prueba frente a Terceros de que esos contenidos en una fecha determinada y ante el Organismo que corresponda, han sido reconocidos como nuestros.
13. ¿Si registro mi Marca, me protege también el dominio a la vez?
No. Van por separado y constituyen dos modalidades de Propiedad Industrial e Intelectual diferentes. Los Organismos de registro, igualmente son distintos. Lo que sí siempre es recomendable es que, al registrar la Marca, instantáneamente también registremos el dominio que nos interese (.com, .es, .net...) para evitar que al registrar nosotros la Marca que queremos, un Tercero se nos adelante y registre ese dominio concreto. Ello supondría un fuerte obstáculo a la hora de iniciar nuestro plan de comercialización en la Red.
14. ¿Existen ayudas económicas para proteger las Marcas o Patentes?
Sí existen ayudas por parte de la OEPM que se convocan anualmente. Pueden cambiar ligeramente el objeto de las mismas pero suelen subvencionar las tasas de registro por ejemplo de Marca Española, Patente Española, etc. En la web de la OEPM siempre salen publicadas cuando se convocan.
15. ¿Cómo se refleja el valor de la Propiedad Intelectual e Industrial en la contabilidad de mi empresa?
Las Marcas, las Patentes, los Diseños, etc... constituyen los Activos Intangibles de las empresas, pero a la vez se pueden valorar económicamente a través de unos informes ad hoc para saber "ese valor" y poderlo utilizar tanto a nivel contable internamente en nuestra empresa, como a la hora de posibles negociaciones de compraventa de los mismos, Royalties...
Bartolomé Arrom, Gerente de Clarke, Modet & Cº en Baleares