Economía

¿Será 2017 el año que se generalice el teletrabajo en España?

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El teletrabajo no acaba de introducirse en España, donde solo una de cada tres empresas utiliza esa modalidad. Una gran parte del sector empresarial todavía no alcanza a considerar las ventajas que supone para el ámbito laboral esta modalidad de trabajo, y aún más en un mundo globalizado como el actual. Sin embargo, empresas de referencia como Repsol y Microsoft, entre otras, tienen plenamente introducido el teletrabajo y acreditan muy buenos resultados a nivel de productividad, bienestar e implicación de sus trabajadores.

Tal vez uno de los factores que más dificulte la expansión del teletrabajo en España sea una mentalidad, heredada de tiempos pasados, que prima la presencia del trabajador en su puesto de trabajo. Para implantar el teletrabajo es necesaria una cultura en la que prime el trabajo por objetivos y la confianza en el trabajador. Poco importará dónde se realice el trabajo si las tareas encomendadas se cumplen a plena satisfacción.

Ahorro de costes para las empresas, eliminación de largos y costosos desplazamientos al centro de trabajo, reducción del absentismo, mayor posibilidad de conciliación de la vida laboral y personal, activación del empleo rural, potenciación de la inserción de personas con discapacidad y de personas que necesiten horarios especiales para cuidado de niños o de mayores, son algunas de las ventajas que supone el teletrabajo.

Empresas y trabajadores deben cambiar su mentalidad, desterrar la imagen del trabajador en la playa o en pijama frente al ordenador. Una situación que puede darse, pero que en realidad puede ser uno de los desencadenantes del fracaso del teletrabajo.

Porque, aunque teletrabajar nos remita instantáneamente a un ideal de flexibilidad absoluta en el que cada empleado hace y deshace a su antojo, lo cierto es que para que sea efectivo el teletrabajo dista mucho de ser así. Y es que no se puede pasar de trabajar en una oficina a hacerlo en el propio domicilio sin adoptar algunas medidas.

Cuando en ocasiones se me pregunta por algunas normas que puedan ayudar a una mejor implantación siempre respondo que en realidad no existe una norma fija ya que depende de cada trabajador y de cada empresa cómo enfocarlo. Pero sí existen algunas recomendaciones generales que pueden facilitar la incorporación a esta modalidad laboral:

-Comenzar con una prueba piloto con pocos trabajadores, manteniendo el mismo horario de la empresa y teletrabajando unos días fijos y con objetivos a muy corto plazo.

-Elaborar un anexo al contrato que refleje con claridad cómo será la prestación: los días y horarios de trabajo en el domicilio, si se deberá asistir a las reuniones cuando coincidan con los días de trabajo en el domicilio, o si en periodo de vacaciones o ante la baja de un compañero se deberá realizar la prestación en su totalidad en el centro de trabajo?

-Determinar si la retribución se mantiene intacta o sufre algún cambio en cuanto a sus complementos (asistencia, puntualidad, plus de transporte, uniforme, nocturnidad o trabajo en días festivos, pueden verse modificados o ampliados con el de disponibilidad) así como si alguno de los gastos del domicilio van a ser sufragados por el empresario o deberá hacerse cargo de los mismos el teletrabajador, especialmente el equipamiento informático y la conexión a internet.

-Validar que el trabajador es conocedor de las medidas de prevención de riesgos laborales, sin vulnerar los derechos de la persona como la inviolabilidad del domicilio y el respeto a la intimidad personal y familiar, fundamentalmente las del uso de los medios informáticos y vigilancia de la salud de cara al cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.

Arancha de las Heras, directora general del CEF y vicerrectora de relaciones institucionales de la UDIMA

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