
El Ejecutivo ha aprobado hoy en Consejo de Ministros un decreto ley con las medidas de mayor urgencia para evitar los desahucios y sus efectos sobre los colectivos más vulnerables. Éstos se paralizarán durante dos años y para poder beneficiarse de esta moratoria será necesario hallarse en diferentes circunstancias:
- Tener un nivel de renta inferior en tres veces el IPREM (1.597 euros mensuales), es decir, una renta anual de 19.200 euros o inferior, con doce pagas o/y
- Haber experimentado una alteración significativa de las circunstancias económicas. Se entenderá por esto último cuando la carga hipotecaria se haya multiplicado, al menos, por un 1,5% en los últimos cuatro años, o que la cuota hipotecaria supere el 50% de los ingresos netos. En todos los casos, la vivienda hipotecada tiene que ser la residencia habitual.
Pero, además, junto con estos dos supuestos, para beneficiarse de la moratoria deberán concurrir obligatoriamente las siguientes circunstancias:
- Ser familia numerosa (3 o más hijos)
- Ser una familia monoparental con dos hijos a cargo
- Ser una familia con menores de tres años a cargo
- Ser una familia en la que algún miembro tenga una discapacidad superior al 33%, esté en situación de dependencia o tenga una enfermedad que le impida trabajar.
- El deudor deberá estar en paro y no contar con ninguna prestación por desempleo
- Ser una familia en la que exista un caso de violencia de género.
Durante el Consejo de Ministros de este jueves, el Gobierno también ha aprobado la creación de un fondo social de viviendas que estará destinado al alquiler con precios "bajos" para personas que no tengan hogar. Este fondo de viviendas ofrecerá alquileres a "precios muy razonables".