
¿Sabía el Banco de España que Afinsa funcionaba como una entidad financiera que recibía de clientes cantidades de dinero y les remuneraba con intereses? Un contrato de una cliente con la empresa filatélica demuestra que ésta última desarrollaba un negocio financero sin estar registrada para ello.
El Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales (Sepblac), adscrito al Banco de España, examinó éste y otros contratos en 1998 a instancias de una denuncia anónima y no llevó a cabo actuaciones para evitar que Afinsa continuara desarrollando esta actividad ilícita.
Así figura en un escrito presentado el miércoles al juez instructor del caso en la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, por el bufete González-Grano de Oro al que ha tenido acceso elEconomista. El despacho pide al magistrado que cite a declarar en calidad de testigo al inspector del Sepblac Carlos Camargo Peris y al director del Servicio Ejecutivo de este órgano a fecha de 22 de septiembre de 1998.
Ambos decretaron el archivo de las actuaciones previas, abiertas en esa fecha, al considerar que la documentación que analizaron no vulneraba la Ley 19/93 de prevención del blanqueo de capitales. Si el juez considera acreditado que el Banco de España tuvo conocimiento de que Afinsa desarrolló de forma ilegal un negocio financiero, abriría la puerta a que el Estado sea declarado responsable civil subsidiario.
Interés del 12 por ciento anual
Los hechos se remontan al 1 de julio de 1996. Entonces, la señora Eva Charlotte Berguer invirtió ocho millones de pesetas (poco más de 48.000 euros) en Afinsa. Como el mandato de compra no precisaba exactamente el objeto de la inversión, la citada señora acompañó al contrato un documento en el que, para clarificar su inversión, se establecía que depositaba la citada cantidad y que Afinsa se comprometía a pagar un interés anual del 12 por ciento neto en cuatro cuotas trimestrales de 240.000 pesetas (1.442 euros).
Al día siguiente, la mujer recibió de la filatélica los cuatro pagarés, el último con fecha de vencimiento de 17 de julio de 1997. Ese mismo día también le hizo llegar una solicitud de contrato en la que figura que el "porcentaje a aplicar" era del 12 por ciento.
Esta actuación de Afinsa es, según el bufete denunciante, "claramente ilegal, toda vez que le está vedado actuar como una entidad financiera". Así, insiste ante el juez en que funcionaba como una "estructura financiera clandestina".
Estos documentos llegaron en 1998 al Sepblac, dependiente del Banco de España, que no detectó irregularidades en las actuaciones previas que llevó a cabo, las cuales se produjeron en virtud de una denuncia anónima que alertaba de que una oficina de Afinsa en Algeciras (Cádiz) recibía ingresos del mercado negro y del narcotráfico. Este escrito hacía referencia a que la filatélica pagaba intereses más altos que los que ofrecían los bancos.
Pues bien, el 22 de septiembre de 1998, después de tres meses y 27 días, el Sepblac concluyó la investigación al considerar que no aparecían "conductas o hechos" previstos en la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales. En ese periodo, este órgano analizó la documentación presentada por Emilio Ballester López y José Luis Plaza, en nombre de Afinsa, y diversos contratos, entre ellos el de Eva Charlotte Berguer, según el bufete González-Grano de Oro.
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