Economía

Este es el tiempo mínimo que tienes cada día para descansar durante tu jornada laboral

Foto: Canva.

Todos los trabajadores tienen una serie de derechos que les corresponden por ley y que no les pueden ser arrebatados simplemente por su condición de trabajadores. Estos derechos recorren numerosos aspectos, siendo el del descanso uno de los más importantes.

La normativa tiene la obligación de proteger a los trabajadores y de garantizar su bienestar físico y psicológico. Es por eso que en las leyes se regula, entre otras cosas, el descanso al que tienen derecho los trabajadores para que su labor como empleados no arriesgue su salud.

El Estatuto de los Trabajadores es el encargado de poner en España, negro sobre blanco, las condiciones mínimas que han de respetarse para garantizar la salud de los trabajadores. Uno de los derechos que reconoce es el de disfrutar determinados periodos de descanso durante el desarrollo de la jornada laboral.

En su artículo 34 (puede consultarlo en este enlace del Boletín Oficial del Estado), el Estatuto de los Trabajadores recoge cuáles son exactamente esos descansos a los que los empleados tienen derecho en su jornada laboral. Son los siguientes:

-Un descanso de al menos 15 minutos para las personas cuya jornada laboral exceda de las seis horas de duración.

-Un descanso de al menos 30 minutos para los trabajadores menores de edad si su jornada laboral excede de las cuatro horas y media de duración.

Estos descansos se conocen como 'la pausa del café' y son necesarios para que le trabajador pueda tomarse un respiro, un bocadillo, un café...o simplemente desconecte un rato. Como puede verse, son de mayor duración en el caso de trabajadores menores de edad, dado que se trata de personas más vulnerables.

¿Hay que recuperar después el tiempo de descanso?

El Estatuto deja claro que "este periodo de descanso se considerará tiempo de trabajo efectivo cuando así esté establecido o se establezca por convenio colectivo o contrato de trabajo". Aquí está la clave acerca de si el tiempo de descanso es recuperable o no.

Por eso, hay que acudir primero al convenio colectivo que afecte al trabajador o al contrato que haya firmado con la empresa. Si ninguno de los dos no recoge nada al respecto, lo más recomendable es pactar con el empresario las condiciones en las que se desarrolle ese descanso con el fin de evitar problemas a futuro.

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