
El nuevo IRPF da al seguro de dependencia el mismo trato que a los planes de pensiones y a los planes de previsión asegurados. Es decir, las aportaciones realizadas por los contribuyentes estarán exentas de tributación hasta un límite de 10.000 euros, o de 12.500 euros si se tiene más de 50 años de edad.
¿Destinaría usted una parte de sus ahorros a contratar un seguro para que le cubriera en el caso de no poder valerse por sí mismo en algún momento de su vida? ¿Pagaría usted para protegerse ante una contingencia por la que es posible que nunca pase? ¿Preferiría suscribir un seguro de dependencia u otro de salud que le garantiza igualmente atención médica en cualquier momento de su vida?
Estas preguntas y algunas más son las que se hace el sector asegurador después de comprobar que el nuevo IRPF no otorgará ninguna ventaja adicional respecto al resto de instrumentos de ahorro al nuevo seguro de dependencia, que, supuestamente, debería estimular a los españoles a ahorrar dinero para financiar la parte que les corresponda (copago) cuando tengan que ser atendidos por el sistema público.
En realidad, el nuevo IRPF da al seguro de dependencia el mismo trato que a los planes de pensiones y a los planes de previsión asegurados. Es decir, las aportaciones realizadas por los contribuyentes estarán exentas de tributación hasta un límite de 10.000 euros, o de 12.500 euros si se tiene más de 50 años de edad.
A la hora de cobrar también será igual. Los pagos que realice la compañía aseguradora deberán integrarse en las rentas del trabajo y, por tanto, irán al tipo de IRPF que le corresponda a cada contribuyente por sus ingresos.
Instrumento poco atractivo
Un marco que el sector asegurador considera insuficiente para hacer atractiva de cara al usuario esta nueva figura de ahorro. Según la patronal del sector, Unespa, el modelo elegido para desarrollar el seguro de dependencia es perverso porque "obliga a los ciudadanos a elegir entre ahorrar para la jubilación o ahorrar para la dependencia, puesto que los límites de ahorro fiscal anual son los mismos para ambos".
Por ejemplo, si un contribuyente menor de 50 años quisiera dotar su plan de pensiones con 8.000 euros y contratar un seguro de dependencia por 4.000 el mismo año, no podría desgravarse 12.000 euros, sino que sólo podría deducirse 10.000, el límite fijado en la ley.
Puestos a elegir, el sector considera que la mayoría de la población estaría más inclinada a contratar un plan de pensiones. "Todo el mundo sabe que se va a jubilar, pero no hay mucha gente que asuma que necesitará el cuidado de otra persona para poder realizar cosas básicas en su vida".
Oportunidad financiera
A la barrera psicológica se une otra de oportunidad financiera. El seguro de invalidez, una figura ya existente que protege ante una de las facetas menos agradables de la dependencia, tributa al 18 por ciento a la hora de cobrarlo, mientras que el de dependencia se integra en el tipo general del IRPF, entre el 24 y el 43 por ciento.
No es sólo un problema fiscal, es que es más complicado de vender para las compañías. Domenec Crosas, director general de Sanitas Residencial, reconocía hace unos días que el intento de la entidad de introducir en el mercado un producto similar al seguro de dependencia había resultado un fracaso. "Sanitas tiene 1,3 millones de asociados, sólo dos han suscrito un seguro de esta naturaleza".
Creando este instrumento, el Gobierno pretende concienciar a la sociedad de que tarde o temprano todos vamos a necesitar de alguien para realizar las funciones de la vida cotidiana y de que es necesario dotar un seguro para protegerse de esta certeza lo antes posible. Sin embargo, la experiencia de las compañías parece decir lo contrario.
"Alguien está dispuesto a ahorrar para tener una mejor jubilación o una mejor asistencia sanitaria, pero no para que alguien le atienda cuando no pueda valerse. Nadie acepta eso", subrayan desde el sector asegurador.
Dotación máxima de 8.000 euros
La alternativa era crear un instrumento atractivo para que cuando un individuo esté abocado a la dependencia pudiera dotarlo de manera rápida para garantizarse cierta cobertura. Tampoco se ha favorecido esto.
El Gobierno ha impuesto un dotación máxima de 8.000 euros para los llamados seguros de prima única, que permiten abonar de una sola vez la cuantía del contrato para tener una cobertura rápida. Una cantidad que según el sector impide al que lo contrata tener una renta suficiente para financiar con cargo al seguro la parte de su atención que se abone a través del copago.
Alternativas
El criterio es unánime. Con el tratamiento que se le da al seguro de dependencia en el nuevo IRPF éste va a tener un desarrollo escaso y la única forma de incentivarlo es darle un tratamiento singularmente favorable a efectos fiscales.
"Si hoy que el Estado no da nada no cuaja el aseguramiento de la dependencia, ¿por que va a hacerlo ahora que hay el compromiso de dar una atención pública?", se preguna, Teótimo Sáez, director general de Adeslas y uno de los grandes ideólogos del sistema público de dependencia.
Sin embargo, el sector asegurador cree que todavía hay caminos posibles para que este instrumento cuaje. El propio Sáez da una de las opciones que el Gobierno podría incorporar en la tramitación de la Ley de Dependencia: convertir el de dependencia en un seguro de ahorro más que en un seguro de riesgo. O lo que es lo mismo, dar la posibilidad de que se rescaten las aportaciones realizadas a un seguro de otra naturaleza para atender la invalidez cuando ésta aparezca.
Y las aportaciones privadas serán necesarias. Según los expertos, los españoles que caigan en la dependencia y que tengan un cierto nivel de ingresos van a tener que financiar la mitad de su atención por el sistema público.