
El abogado general de la Unión Europea, Yves Bot, ha pedido al Tribunal de Justicia de la UE que, cuando resuelva sobre los recursos de anulación presentados por España contra la patente única europea, los desestime.
En concreto, el Ejecutivo español recurrió que el sistema de patente única establece el inglés, el francés y el alemán como idiomas exclusivos para tramitarlas, dejando fuera el español.
El Abogado General reconoce, en sus conclusiones publicadas hoy, que se discrimina a las personas que no conocen las lenguas oficiales de la Oficina Europea de Patentes (alemán, francés e inglés) y que, de este modo, el legislador de la Unión ha establecido un trato diferenciado.
No obstante, recuerda que en el Derecho de la Unión no existe un principio de igualdad de las lenguas y reconoce que esa elección lingüística persigue un objetivo legítimo y es adecuada y proporcionada en relación con las garantías y elementos que atenúan su efecto discriminatorio.
Además, Yves Bot explica que limitar el número de lenguas de la patente europea con efecto unitario es apropiado, puesto que ello garantiza una protección unitaria de las patentes en el territorio de los Estados miembros participantes en la cooperación reforzada, permitiendo al mismo tiempo una reducción notable de los costes de traducción.
El Reglamento no es una "cáscara vacía"
Respecto del segundo Reglamento impugnado por España, el relativo a la creación de una protección unitaria mediante patente, el abogado general, el Reglamento no es una "cáscara vacía" y la protección unitaria conferida supone una clara ventaja en términos de uniformidad e integración, a la vez que la elección lingüística reduce considerablemente los costes de traducción y ofrece mayores garantías al principio de seguridad jurídica.
España alegó que el Reglamento crea un régimen jurisdiccional específico para la patente europea con efecto unitario que figura en el Acuerdo sobre un tribunal unificado de patentes. Afirma que el contenido de dicho Acuerdo vulnera las competencias de la Unión y confiere a un tercero la facultad de definir unilateralmente la aplicación del Reglamento. El abogado general considera que el Tribunal de Justicia no es competente para controlar el contenido del Acuerdo sobre el tribunal unificado en el marco de un recurso de anulación contra el Reglamento.
Yves Bot destaca que el Acuerdo sobre el tribunal unificado no está incluido en ninguna categoría de actos cuya legalidad pueda ser controlada por el Tribunal de Justicia. Se trata de un acuerdo intergubernamental negociado y firmado únicamente por algunos Estados miembros sobre la base del Derecho internacional. Por otra parte, asegura que el Reglamento no aprueba un acuerdo internacional ni aplica un acuerdo de este tipo, sino que su finalidad es establecer la cooperación reforzada en el ámbito de la creación de una protección unitaria mediante patente.