
Una sentencia del Juzgado de lo Mercantil 1 de Alicante ha allanado el camino de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), también conocida como banco malo, para adjudicarse el rascacielos Intempo de Benidorm. Antiguos socios de la promotora habían obstaculizado el derecho de tanteo que tenía para impedir la adjudicación en la fase de liquidación. El banco malo mejoró la oferta más alta en la subasta al reducir la deuda de la promotora en 58,5 millones.
El fallo, facilitado a Efe por el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV), desestima los recursos de pequeños acreedores de la promotora del edificio, Olga Urbana SL, y mantiene la categoría de prioritaria de la deuda que mantiene la Sareb con esa empresa en quiebra.
"No puede afirmarse que Abanca o la Sareb actuaran como administradores de hecho" de Olga Urbana, por lo que su deuda con la promotora en situación de concurso de acreedores no puede ser considerada como subordinada, según el fallo.
El Intempo es el edificio de carácter residencial más alto de cuantos existen en Europa, con 200 metros, cuenta con 269 viviendas distribuidas en 47 plantas y su construcción se presupuestó inicialmente en 46 millones de euros.
Recurso de los acreedores
La empresa promotora entró en concurso de acreedores en abril de 2014 por un pasivo de deuda que asciende a 140 millones de euros, del que debe responder principalmente con el propio rascacielos, un icono que, junto al hotel Bali, ha definido la silueta de la ciudad turística alicantina.
La Sareb tenía la condición de acreedor privilegiado en el procedimiento judicial, pues asumió en su día la deuda contraída por la promotora con la intervenida Caixa Galicia (95 millones), que después se integró en la entidad Abanca.
El edificio, que está acabado en un 94 % y del que solo faltan por concluir algunas zonas comunes y parte de la urbanización, salió a subasta y se recibió una oferta por él por parte de un inversor extranjero cercana a 48 millones de euros.
El 'banco malo' ejerció su derecho de tanteo como acreedor privilegiado y propuso después quedarse con la propiedad a cambio de reducir la deuda con la empresa promotora en 58,5 millones de euros.
Sin embargo, un socio de Olga Urbana, Isidro Boronat, la mercantil que construyó la estructura del rascacielos, Kono Estructuras SL, y la empresa del arquitecto que lo diseñó, Pérez Guerras Ingenieros y Arquitectos, presentaron un incidente concursal para que la deuda de la Sareb fuera considerada "subordinada".
Derecho de tanteo para la Sareb
Los demandantes pretendían que el "banco malo" fuera el último en cobrar y no pudiera ejercer su derecho a tanteo en la puja por el edificio, al entender que había ejercido de facto la administración de Olga Urbana SL.
Sin embargo, el titular del juzgado de lo Mercantil ha rechazado esos argumentos tras determinar que no existe "ninguna prueba" que acredite que Abanca o la Sareb "decidieran a quién, cuándo y cómo pagar a los proveedores, y que, por tanto, se apartaran del mecanismo de pago que las partes establecieron voluntariamente".
El fallo, por tanto, allana el camino del denominado banco malo para hacerse con la propiedad del rascacielos en el proceso de liquidación de la entidad concursada.