Las reglas de la Agencia Tributaria para hacer la Renta 2020-2021 paso a paso
- El organismo explica a los contribuyentes cómo hacerlo
- Hay que atender a la forma de acceso y obtención del borrador...
- ...y a los campos que permiten ciertas deducciones al ciudadano
elEconomista.es
La Campaña de la Renta puede ser un quebradero de cabeza para el contribuyente si no tiene las cosas claras, pero con un poco de atención y paciencia podrá presentar su declaración sin problemas siempre que atienda a unos pasos muy concretos. Se trata, al fin y al cabo, de un proceso que consta de varios trámites que, una vez resueltos, permiten saldar las cuentas con la Agencia Tributaria de forma sencilla.
Antes de nada, lo primero que deberá decidir es cómo hacer la declaración. Desde el 7 de abril se permite presentarla de manera telemática, la opción más frecuente. Sin embargo, desde el 6 de mayo se puede hacer (pidiendo cita previa) por teléfono con la ayuda de un profesional de la Agencia Tributaria, y desde el 2 de junio se podrá hacer lo mismo pero de forma presencial en las oficinas del organismo.
Atendiendo al modo telemático, también hay que tener en cuenta antes de comenzar el proceso que hay tres formas diferentes de acceder al borrador de la declaración: mediante certificado digital (se puede conseguir mediante cuatro sencillos pasos), con Cl@ve PIN o con el número de referencia obtenido a partir de la casilla 505.
Una vez haya resuelto estas cuestiones iniciales, puede iniciar el proceso. La Agencia Tributaria ha puesto a disposición de los contribuyentes un vídeo tutorial en el que explica paso a paso cómo hacer la declaración desde Renta Web, programa al que se puede acceder desde la página de Renta de la propia Agencia Tributaria, en el apartado 'Servicio de tramitación borrador /declaración'.
El primer paso es ratificar o modificar (si fuese necesario) el domicilio fiscal. Este paso es más importante de lo que parece, ya que permite al programa cargar las deducciones autonómicas a las que puede acogerse el contribuyente en función del lugar en el que reside y que viene marcado por ese domicilio.
Cuando complete este paso, deberá clicar en 'Borrador/Declaración (Renta Web)'. Aquí podrá hacer una nueva declaración o continuar con una ya iniciada anteriormente. Aquí, en todo caso, aparecerán varios datos familiares y personales, así como la elección de declaración: conjunta o individual.
Para la correcta cumplimentación de todos los apartados, deberá consultar campo por campo. Existe un área de 'Datos trasladados' en la que puede ver cuáles son los que tiene ya a disposición la Agencia Tributaria para, así, completar los que falten.
En este punto en el que debe ir navegando por el programa, usando los comandos de las flechas que aparecen en la parte superior, para ir completando aquellos campos en los que tenga que añadir información. Es el caso de las deducciones estatales o las deducciones autonómicas, que pueden suponer un gran alivio en el resultado de las declaraciones de los contribuyentes.
Cuando haya cumplimentado todos los apartados, y con todo ya preparado, debe pulsar en 'Validar'. Si tiene algún error, el sistema lo advertrá y le instará a solucionarlo. Cuando lo haga, podrá pulsar en 'Resumen de declaraciones', donde aparecerá el resultado, a ingresar o a pagar. Después, ha de clicar en 'Presentar declaración'.
Aquí hay dos opciones: si es a ingresar, deberá indicar el IBAN de la cuenta bancaria en el que desea que la Seguridad Social le abone la devolución y si es a pagar debera indicar el modo de pago: de forma fraccionada, en un pago único, con domiciliación bancaria...
Llegados a este punto, solo debe confirmar pulsando en 'Aceptar' y habrá finalizado la presentación de la declaración para este ejercicio 2020/2021.