País Vasco

Cronología: Más de 15 años de litigio fiscal

La tramitación de los expedientes por las ayudas fiscales vascas de los años 90 es un litigio que se prolonga ya durante 15 largos años, pero que está a punto de agotar todas las vías de recursos judiciales.

La sentencia que dentro de unos meses determine la Corte de Luxemburgo será inapelable.

Los expedientes sancionadores de la Comisión Europea han discurrido por dos vías ante el Tribunal de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo. Por un lado, las autoridades vascas y españolas recurriendo el fondo del asunto; y por otro, la Comisión Europea exigiendo la devolución de las ayudas como paso previo a cualquier resolución judicial sobre el fondo del asunto.

Además, todas las tramitaciones ante Luxemburgo pasan primero por el Tribunal de Primera Instancia, cuyas sentencias son recurribles ante la Corte, que es el estadio actual de la tramitación. Por tanto, cuando resuelva dentro de unos meses su decisión será inapelable.

De forma paralela, durante estos 15 años, se han producido dos consultas prejudiciales (consultas previas en petición de criterio a la corte) que han influido en el derivar de los expedientes y en la fijación de criterios de jurisprudencia.

Todo el litigio comunitario empezó a raíz de las denuncias interpuestas contra las ayudas que recibieron las empresas Daewoo y Ramondin en 1996 y 1997.

-1996 y 1997. La Comisión Europea recibe denuncias por las ayudas y créditos fiscales otorgados a las empresas Daewoo y Ramondin, ante lo que resuelve que las empresas devuelvan la parte que exceda al 25% autorizado como ayudas de Estado a la Comunidad Autónoma vasca.

-2000. El Tribunal de Luxemburgo no resuelve sobre la cuestión prejudicial que planteó en 1997 el TSJPV sobre las 'vacaciones fiscales'. La pregunta se retiró ante la perspectiva de un fallo contrario, lo que llevó a las autoridades vascas a firmar la 'paz fiscal' con el Gobierno central, que supuso la eliminación de todos los polémicos incentivos, y, por tanto, la retirada de todos los recursos judiciales por parte del Estado español.

-2001. Julio. La comisión abre expediente a las normas de incentivos en general. La derogación de los polémicos incentivos no satisfizo a la Comisión Europea, quería que las empresas devolviesen las ayudas.

-2002. Las Diputaciones vascas se niegan a responder los requerimientos de la Comisión para que proporcionen el listado de las empresas beneficiarias de las ayudas.

-2005. Diciembre. La Comisión Europea denuncia a España ante el Tribunal de Luxemburgo por no facilitar información y no recuperar los incentivos.

-2006. Septiembre. El Tribunal de Luxemburgo, mediante una sentencia sobre Azores, define los requisitos a cumplir para que los regímenes fiscales regionales no sean considerados Ayudas de Estado ilegales.

-2006. Diciembre. Sentencia de la Corte de Luxemburgo que ordena a España que se recupere las ayudas, bajo pena de sanción millonaria. La resolución, que no entra en el fondo del asunto, determina que los expediente de la Comisión deben cumplirse aunque haya recursos judiciales en tramitación. Recrimina a las autoridades vascas su falta de colaboración.

-2007. El Tribunal de Luxemburgo amenaza a España con una multa millonaria si las Diputaciones persisten en no facilitar información y no recuperar las ayudas.

-2008. Septiembre. La gran sala de Luxemburgo resuelve la cuestión prejudicial planteada en 2006 por el TSJPV sobre el tipo del Impuesto sobre Sociedades del País Vasco. La sentencia, bajo el criterio de Azores, reconoce el régimen fiscal vasco, pero, de facto, implica que los otros polémicos incentivos vascos son ilegales.

-2008. Septiembre. La gran sala de Luxemburgo declara ilegales las ayudas que recibieron las empresas Daewoo y Ramondín.

-2009. Septiembre. El Tribunal de Primera Instancia entra en el fondo del asunto y declara ilegales los polémicos incentivos fiscales. Rechaza indefensión por dilación de plazos y achaca el retraso a la falta de colaboración de las autoridades vascas.

-2010. Noviembre. La Comisión Europea aprueba en su consejo pedir la imposición de una multa millonaria por los incentivos fiscales. Relama una multa de 25.817 euros/día desde diciembre 2006 hasta las sentencias que llegarán en 2001-2012; además de otra sanción de 236.044 euros/día desde la segunda sentencia hasta que acabe la infracción. Bruselas no tramita esta petición ante el Tribunal de Luxemburgo hasta abril de 2011.

-2011. Marzo. La Ley de Economía Sostenible determina que deben ser las CCAA y no el Estado español las que asuman las multas de Bruselas por ilegalidades en materia de ayudas a empresas.

-2011. Abril. La Comisión Europea tramita formalmente ante Luxemburgo la demanda de petición de multas millonarias.

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