
La ley española es taxativa a la hora de prohibir determinadas prácticas en los estancos, como son la publicidad encubierta de marcas o los obsequios a los clientes relacionados con esas mismas enseñas.
Es razonable que, de este modo, se pretenda evitar que las tabaqueras cuenten con una influencia incontrolada en este tipo de puntos de venta. Sin un adecuado régimen sancionador, tal objetivo sería imposible de conseguir, pero esa realidad no justifica la aplicación de cualquier tipo de multa.
Así, el hecho de que Hacienda haya llegado a imponer pagos de hasta 12.000 euros a estanqueros que regalaron mecheros es, a todas luces, una pena desproporcionada, que el Ministerio debe urgentemente replantear.