El pasado viernes, el Consejo de Ministros retrasaba a éste próximo, la aprobación del texto del anteproyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, lo que despertó la intranquilidad de los representantes de la industria de contenidos, que consideran que no se ha contado con ellos para elaborarlo, a pesar de que afecta al presente y al futuro de un sector que da empleo a 57.358 trabajadores directos, que por cada uno de ellos se generan cinco indirectos y que cuenta con un escenario sin piratería de 24.766 empleos directos.
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Según las principales entidades de gestión, el texto que se iba a presentar no respeta las recomendaciones del mediador europeo y no facilita la gestión de los derechos de propiedad intelectual ni permite mejorar el nivel de protección.
La obligación para las compañías telefónicas de identificar a los usuarios y las medidas para ahogar económicamente a las páginas de enlaces a descargas son la causa fundamental por la que las organizaciones de internautas se oponen a la nueva norma.
El Gobierno tiene prisa, ante las amenazas de Estados Unidos de incluir a España, en el próximo mes de abril, en la lista negra de países conmenos control respecto a la copia ilegal, según indican distintas fuentes.
Tras esta reforma, se dará categoría de ley, tras la supresión del canon digital, de su sustitución por la compensación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. El artículo 1 del borrador del anteproyecto establece que ?el procedimiento de determinación de la cuantía de esta compensación, que contará con una consignación anual en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, así como el procedimiento de pago de la compensación, que se realizará a través de las entidades de gestión, se ajustarán a lo reglamentariamente establecido?.
Mayor control económico
El texto, elaborado por el Ministerio de Cultura sin intervención de las partes afectas (entidades de gestión, consumidores, internautas, etc.), busca un mayor control sobre las entidades de gestión y fortalecer los instrumentos de reacción frente a las vulneraciones de derechos de propiedad intelectual en Internet que permita el impulso de la oferta legal en el entorno digital.
Se incluyen en la reforma las obligaciones contables y de auditoría de las entidades de gestión de derechos. Así, la memoria de las cuentas anuales de la entidad de gestión, además de completar, ampliar y comentar la información contenida en el resto de documentos que forman parte integrante de las cuentas anuales, incluirá información sobre las actividades desarrolladas para el cumplimiento de su objeto y fines.
Se regulan nuevas competencias para la Comisión de Propiedad Intelectual, adscrita al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la Comisión de Propiedad Intelectual, como órgano colegiado de ámbito nacional, para el ejercicio de las funciones de mediación, arbitraje, determinación de tarifas y control en los supuestos previstos en el presente título, y de salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual que le atribuye la presente Ley. Asimismo, ejercerá funciones de asesoramiento sobre asuntos de su competencia para elMinisterio de Educación, Cultura y Deporte.
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