
La posibilidad de que las empresas sean responsables penalmente, prevista en la nueva reforma del Código Penal, que entra en vigor el próximo 23 de diciembre, "va a provocar que sea mucho más fácil obtener una absolución penal de las entidades que ahora por la vía de la responsabilidad civil subsidiaria y de las consecuencias accesorias".
Así lo pronosticó ayer el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), Manuel Marchena, durante las jornadas sobre la reforma , que la Asociación de Comunicadores e Informadores Jurídicos (Acijur) celebra hasta el próximo viernes, con la colaboración de la editorial jurídica Datadiar y el Centro Internacional Carlos V de la Universidad Autónoma.
Y es que, explicó, el juicio de culpabilidad a las personas jurídicas para establecer su responsabilidad penal , se basa en "un concepto tan escurridizo como el déficit de organización", esto es, "haber administrado mal el riesgo de comisión de un delito en su seno, sin haber adoptado las suficientes garantías para que ese tipo de conductas sean difícilmente perpetrables".
También auguró, que las empresas tendrán que contratar a los despachos que ofrezcan medidas de control, tales como códigos de conducta, planes de actuación y auditorías de su cumplimiento ante la comisión de delitos en su sede, como medidas exculpatorias de responsabilidad, aunque nunca exculparán de forma automática.
Además, el magistrado puso el acento en la ausencia, dentro del catálogo de delitos de aquellos relativos a la seguridad y accidentes laborales, así como el cohecho entre particulares.
Finalmente, criticó, que la reforma de nuestro Derecho punitivo, no se haya acompañado con una paralela reforma de la Ley Procesal española, lo que, advirtió, va a dar lugar a numerosos problemas procesales que afectarán a los principios básicos del proceso y a los que se van a tener que enfrentar los distintos agentes jurídicos. Así, se refirió, en primer lugar, a la falta de determinación del juez competente para enjuiciar el hecho delictivo.
Algo que calificó de "olvido lamentable" que, a su juicio, "debe ser objeto de subsanación inmediata ya que va a plantear serios problemas de ralentización en la obtención de respuestas jurídicas, ya que esta cuestión prejudicial tendrá que dirimirse, en muchas ocasiones, por el TS, como tribunal superior jerárquico".
En la misma línea, planteó la cuestión de quién debe representar a la entidad durante el proceso en los supuestos en que su representante legal sea el autor del delito de referencia del que pueda derivarse la responsabilidad penal de las empresas.
Por todo ello, Marchena criticó que "en muchas ocasiones, nuestro sistema legislativo consigue los efectos absolutamente contrarios a los que persigue", y advirtió de que esta nueva posibilidad de que las empresas respondan penalmente, abre "una cierta etapa de inestabilidad interpretativa con una importante inseguridad jurídica".