
Nuevo capítulo sobre el acoso que denuncia el juez de Instrucción de Madrid número 9, Elpidio José Silva, instructor del "caso Blesa", por parte de las instituciones judiciales. El juez Silva y su abogado Carlos Yunta han presentado una denuncia ante el Tribunal Supremo, otra ante Tribunal Superior de Justicia de Madrid y una ampliación de petición de amparo ante el Consejo General del Poder Judicial contra el instructor del expediente disciplinario, abierto tras el inicio de actuaciones en el caso el caso Blesa, ya que pretende privar al expedientado de su abogado, que es el único que conoce el fondo de la marcha del expediente.
Mientras que a lo largo de la mañana el Consejo General del Poder Judicial que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha inadmitido este lunes la solicitud de amparo remitida ante las presiones que dice sufrir desde distintos ámbitos, este y su abogado Carlos Yunta Gastón, han denunciado que el juez instructor del expediente disciplinario, pretende acelerarlo de modo injustificado y exorbitantemente desviado, al tiempo que exige al magistrado que cambie de letrado. El letrado también ha pedido amparo a su Colegio de Abogados.
El instructor del expediente disciplinario, el magistrado Álvaro Domínguez Calvo (magistrado de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid), a petición expresa de la Fiscal María José Rodríguez Abadía, ha dictado una resolución calificada como manifiestamente injusta por el letrado Yunta, al considerar que es manifiestamente incompetente para ello.
El instructor, el pasado miércoles 19 de junio, requirió al juez de Guardia de Diligencias de Madrid, para que se personase el médico forense en el domicilio del letrado Carlos Yunta. Este letrado ejerce la defensa del juez Elpidio José Silva en el expediente disciplinario. Se da la casualidad de que el juez de guardia era el juez Juan Antonio Toro Peña, titular del juzgado de Instrucción nº 36 de Madrid, sustituto natural del Juez Elpidio José Silva en el caso Blesa, como consecuencia de la recusación presentada por la defensa del expresidente de Caja Madrid.
El letrado justificó su ausencia aportando un parte de baja médica, justificando que padecía un cólico nefrítico severo. Al no comparecer dicho letrado a instancias de la fiscal María José Rodríguez Abadía, Domínguez Calvo adoptó la resolución citada, que para el abogado de Silva incurre en "manifiesta incompetencia e injusticia".
En las denuncias se alega que Domínguez Calvo interviene en el expediente como funcionario público y no como juez; pues tramita un expediente de carácter administrativo. Por tanto, según la defensa del juez Silva, no debió recurrir al Juzgado de Guardia de Diligencias de Madrid, como si de una causa judicial se tratase.
Además, señala que es totalmente improcedente desplazar a un forense de guardia para indagar si un letrado se halla o no enfermo. "En la historia de un país que ha pasado por 40 años de dictadura, jamás se ha practicado una actuación tan desproporcionada por el instructor de un expediente disciplinario", señalan fuentes jurídicas consultadas por el.
"Si el magistrado Domínguez Calvo pensó que el abogado mentía, debió acudir a la Inspección Médica; o deducir testimonio para que se incoasen diligencias penales , en cuyo seno, desde luego, el desplazamiento del forense al domicilio del letrado se hallaría totalmente injustificado, pues, no se subsume en una actuación urgente propia dl servicio de guardia".
Diversos jueces y magistrados consultados por elEconomista han considerado la actuación del instructor, de la fiscal y del juez de guardia, como "anormal" y posiblemente "prevaricadora" .