Economía

Las CCAA que reciban fondos estatales tendrán normas para buscar financiación

  • Los intereses no podrán superar la financiación del Estado más 250 puntos

Las comunidades autónomas que hayan solicitado ayudas públicas a través del Fondo de Liquidez Autonómica (FLA) o que se acogieran el año pasado a la línea ICO de pago a proveedores deberán cumplir unas condiciones si tratan de financiarse al margen de estos instrumentos estatales.

En concreto, tendrán prohibido realizar operaciones en el extranjero o con derivados financieros, salvo autorización expresa del Tesoro.

Tope a los intereses

Además, en cuanto a los tipos, no podrán superar como máximo la financiación del Estado más 250 puntos básicos, aunque estos tipos se publicarán mensualmente.

A este coste se le podrá añadir únicamente una comisión de no disponibilidad en las pólizas de crédito de un máximo del 0,8% anual; la comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000 euros anuales; y la comisión de apertura, con un máximo del 0,5% anualizado (para periodos superiores a un año, este límite máximo quedará fijado en el 0,5%).

Así figuran en una resolución de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, dirigida a establecer las condiciones en las que esas comunidades y las ciudades autónomas pueden captar financiación de forma independiente. De esta forma, el control se equipara al que se aplica a las operaciones que aprueba para las comunidades que no acuden al citado fondo de liquidez.

Este año, las emisiones que autoriza el Consejo de Ministros a las autonomías conllevan unos tipos máximos equivalente al coste de financiación del Estado más cien puntos básicos, rebajando los 250 puntos de diferencial que se permitían el año pasado.

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