Penal

La cadena perpetua revisable en Reino Unido no atenta contra los Derechos Humanos

  • El Derecho británico tiene los mecanismos procesales para liberar a un preso condenado
Foto: Archivo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sostiene que la pena de cadena perpetua revisable en Reino Unido no viola la Convención Europea de los Derechos Humanos. Así se ha expresado hoy el Tribunal en una sentencia que asegura que las leyes británicas no violan el artículo 3 de la Convención, que se refiere a la prohibición de tratos inhumanos o degradantes.

El asunto parte de la denuncia de un hombre condenado a cadena perpetua por asesinato. El preso denunciaba que su condena violaba el artículo 3, ya que "no tiene ninguna esperanza de liberación". En una sentencia anterior, el Tribunal señalaba que no estaban claras las figuras procesales que permitían que el caso fuera revisable. "La legislación inglesa relativa a la facultad del Secretario de Justicia para, en determinados supuestos, liberar a un reo con cadena perpetua no era precisa", sostenía la sentencia.

Sin embargo, un fallo posterior abordó las dudas del Tribunal y aseguró que existían los mecanismos necesarios para liberar a una persona condenada a cadena perpetua por "motivos excepcionales". Es decir, que la legislación británica provee de los procedimientos legales para que una persona que está cumpliendo cadena perpetua pueda salir en libertad.

Teniendo en cuenta esta última sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos asegura que la cadena perpetua "está abierta a revisión en el Derecho británico y, por tanto, es compatible con la Convención Europea de Derechos Humanos".

No es la primera vez que el Tribunal falla en este sentido. El TEDH dictó el pasado 13 de noviembre una sentencia en la que aseguraba, por unanimidad, que una cadena perpetua revisable a los 26 años es compatible con el Convenio de Derechos Humanos. En concreto, el Alto Tribunal europeo respaldó entonces el derecho francés y aseguró que, en el caso, en el que se condenó a una persona a cadena perpetua sin posibilidad de reducción de condena, no existía "violación del artículo 6 (derecho a un juicio justo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos, ni violación del artículo 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes)".

Respaldo a la reforma penal española

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos supone un espaldarazo a la reforma del Código Penal español. El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y el líder de la oposición, el socialista Pedro Sánchez, firmaron ayer un pacto antiterrorista que incluye el endurecimiento de las penas para estos delitos. 

La proposición de ley que han firmado los líderes permitirá que los terroristas que cometan atentados puedan ser condenados a la máxima pena posible. Debido a la reforma penal del Partido Popular, es la nueva pena de prisión permanente revisable.

El Partido Socialista, sin embargo, ha anunciado que recurrirá al Tribunal Consitucional la reforma del PP y Pedro Sánchez se ha comprometido a derogarla si llega al poder.

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