Como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, del 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico, se publican una serie de propuestas normativas, ¡hasta 15!, de las cuales apenas dos de ellas han sido ya publicadas en el BOE.
Una de ellas es la Orden de peajes de acceso del pasado 3 de agosto que ha supuesto una nueva señal económica para las empresas consumidoras de energía eléctrica. Según los datos globales de la memoria económica del Ministerio, suponen una subida media del 8 por ciento y un objetivo de incremento de la recaudación por este concepto de 900 millones de euros.
Los peajes de acceso son la parte del precio total de la energía que ha de pagar un consumidor para que esta energía llegue físicamente hasta su punto de consumo.
Si analizamos la evolución de los peajes desde el año 2008, fecha en la que desaparecieron las tarifas, los incrementos representan un 57 por ciento en baja tensión y un 65 por ciento en media tensión, que sitúan los precios actuales en 73 euros y 60 euros por megavatio hora, respectivamente.
Más del 50 por ciento en peajes
Para valorar este coste hay que tener en cuenta que el precio horario final de la energía en el mercado en los últimos 12 meses ha sido de 55 euros por megavatio hora.
Esto significa que del precio total que pagan las pequeñas y medianas empresas, más del 50 por ciento corresponde a peajes y el resto a la materia prima que realmente necesitan, esto es, la energía. Todo ello sin olvidar el Impuesto Eléctrico que supone un 5,12 por ciento añadido.
Es decir, estamos comprando un producto imprescindible para nuestro proceso productivo en el que más del 55 por ciento son transporte e impuestos.
Pero si observamos los componentes del peaje nos llevamos algunas sorpresas, ya que el transporte y la distribución solamente suponen el 33 por ciento del total y el resto, hasta el 67 por ciento, lo componen las primas al régimen especial (renovables), la amortización del déficit y la interrumpibilidad.
De este modo, y a causa de la actual estructura de reparto de los peajes, mientras las pequeñas y medianas empresas (Pymes) pagan precios de entre 60 euros y 73 euros, hay una serie de empresas que por nivel de tensión están pagando entre los 8 euros y los 16 euros por ese mismo concepto. Es decir, que el peso del famoso déficit y de la contribución a las energías renovables lo están soportando, fundamentalmente, los pequeños y medianos consumidores empresariales.
El término de potencia
Destacar, igualmente, la importancia que adquiere el término de potencia a raíz de la última reforma, ya que experimenta subidas de entre el 120 y el 150 por ciento -la potencia contratada supone la capacidad de consumo en un período horario determinado-.
Por este motivo se hace imprescindible ajustar este término a las necesidades reales para evitar recargos innecesarios. Pero el hecho de tener que mantener de forma invariable una misma potencia máxima contratada durante los 12 meses del año, hace que determinadas empresas con procesos productivos estacionales o utilizaciones instantáneas de potencia, sufran unas subidas de costes realmente importantes.
En resumen, nos parece que la nueva Orden de peajes mantiene un sistema de reparto discriminatorio entre los consumidores industriales y premia a las empresas distribuidoras de energía eléctrica a través de una señal de incentivo de aumento del consumo para aprovechar las potencias contratadas suponiendo, esto último, una clara penalización para cualquier medida de eficiencia energética que se pretenda introducir.
A esto hay que añadir la intención del Gobierno de aplicar una exención del Impuesto Especial de la Electricidad del 85 por ciento a determinados sectores industriales intensivos, lo que supondría una nueva discriminación entre consumidores empresariales.
Estimamos que el reparto de los gastos del sistema entre los consumidores ha de ser proporcional y, sobre todo, responder a costes incurridos.
Este criterio nos llevaría a asimilar la tarifa 3.1 a la 6.1, por estar en el mismo nivel de tensión, y a suavizar las enormes diferencias de coste de peaje entre la baja y la alta tensión.
Francisco Espinosa, Socio director de la Asociación de Consumidores de Electricidad (ACE)
Artículo de opinión incluido en la edición de septiembre de la revista Energía