Energía

España es el único país europeo en el que las empresas pagan el bono social de la luz

  • En la UE se tiene en cuenta el nivel de renta del beneficiario
Foto de archivo.

En los países de nuestro entorno europeo, el bono social eléctrico lo sufragan los gobiernos o el resto de los consumidores por medio de la tarifa eléctrica. En España, por el contrario, son las empresas del sector las que tienen que soportarlo en sus cuentas de resultados, puesto que se ha configurado desde el principio como una obligación de servicio público.

En España, el bono social eléctrico consiste en un descuento del 25% de la tarifa regulada por el Gobierno -el denominado Precio Voluntario al Pequeño Consumidor- al que tienen derecho los consumidores con menos de 3 kW de potencia contratada, los jubilados con una pensión mínima, los hogares con todos sus miembros en paro y las familias numerosas.

En otros países de nuestro entorno se aplican criterios similares. Así, en Portugal y en Italia se tiene en cuenta la potencia contratada -en el primer caso con 6,9 kVA y en el segundo con 4,5 kW-; en Reino Unido y en Portugal se protege también a los pensionistas; las familias numerosas se benefician asimismo en Italia y en Portugal, y en este último país los desempleados tienen derecho a percibirlo.

Como puede comprobarse, el del vecino Portugal es el sistema más parecido al nuestro, también en una cosa que resulta exclusiva de los dos países enclavados en la Península Ibérica: en ambos, las empresas tienen la obligación de sufragarlo: en España íntegramente y en Portugal en dos tercios de la cuantía total; el tercio restante corre por cuenta del Gobierno.

Seguridad Social o Presupuesto

En todos los demás países de referencia, no lo pagan las empresas, sino que se reparte entre los demás consumidores -Francia e Italia- o lo sufragan los gobiernos, en la seguridad social, o en los presupuestos generales del Estado; son los casos del Reino Unido, Francia, Italia, Alemania y Grecia.

La diferencia no es menor. Se puede replicar que al final siempre lo paga el ciudadano, ya sea como consumidor, porque las empresas eléctricas lo repercuten al mercado, ya sea como contribuyente, pero es una argumentación engañosa.

La principal razón es que la energía no es el ámbito apropiado para hacer política social; para redistribuir la riqueza están los impuestos. Además, las empresas no siempre pueden trasladar el coste del bono al mercado y, en el caso de que lo consigan, ello encarece el precio de la energía, perjudicando la competitividad del país.

Por estas razones, la Comisión Europea, en su propuesta de reforma de la normativa eléctrica comunitaria -el llamado Paquete de invierno-, enfatiza la necesidad de que los gobiernos actúen contra la pobreza energética, pero quiere que la protección de los consumidores vulnerables no altere los precios del suministro de energía.

Además, el vincular a las empresas genera problemas de discriminación -¿sobre qué compañías se carga el bono?, ¿con qué criterios?- que terminan dirimiendo los tribunales de justicia.

El caso español es paradigmático: la primera vez que se definió el bono social, en 2009, se vinculó a las cinco grandes firmas que venden la energía bajo la tarifa regulada, una disposición que el Tribunal Supremo anuló en 2012 por discriminatoria, obligando a restituir a las empresas las cantidades que habían aportado.

El siguiente modelo, instaurado un año después, vinculó a las 23 empresas verticalmente integradas, es decir, con actividades de generación, distribución y comercialización. El Supremo volvió a anularlo en octubre pasado, también por entenderlo discriminatorio, al seguir excluyendo a empresas muy importantes del sistema eléctrico, y mandó de nuevo la devolución de lo aportado por las pagadoras.

El nuevo sistema se aprobó hace un par de semanas. Ahora el bono tendrán que costearlo todas las comercializadoras o sus empresas matrices, unas 250 compañías.

Los juristas ya se han apresurado a anunciar que vuelve a tener los mismos fallos que los anteriores, al dejar fuera a agentes muy relevantes. Algunos opinan que se solventaría el problema si se reconociese a las comercializadoras que suministran la energía a tarifa la capacidad de repercutir el coste del bono a sus clientes -ya se hace con la aportación al Fondo de Eficiencia Energética-, como harán las comercializadoras que operan en el mercado libre.

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