Empresas y finanzas

El Banco de España endurece las condiciones para las refinanciaciones

  • Se clasifican como 'subestándar', que requiere más dotaciones que uno 'normal'
El gobernador del Banco de España, Luis María Linde. Foto: Archivo

El Banco de España ha endurecido las condiciones para que la banca realice refinanciaciones o reestructuraciones de créditos. Así, se considerarán con carácter general que son riesgos subestándar, es decir, que tienen altas posibilidades de incurrir en impagos en el futuro. Para que el crédito sea clasificado como normal o moroso deben existir circunstancias objetivas que lo justifiquen.

Según los motivos expuestos por el supervisor para publicar esta circular sobre refinanciaciones se encuentran la necesidad de establecer políticas rigurosas y de que la entidad, si las dificultades de su cliente no son transitorias, reconozca la situación, "y reclasificar el crédito bien la categoría de dudoso, bien la de subestándar, en función de la gravedad del problema".

Según afirma el Banco de España, se ha observado, por un lado, "la relevancia de las operaciones de refinanciación", y, por otro, las diferencias entre entidades en cuanto a las políticas que aplican las entidades, que pueden responder, asegura, a distintos perfiles de negocio y modelos de gestión de riesgos, pero también a "insuficiencias o discrepancias en las políticas contables aplicadas". Por ello, confía en que la nueva norma evite esas diferencias de interpretación.

En definitiva, el Banco de España está señalando a que algunas entidades clasifican mal las refinanciaciones, en el sentido de que tienen por normal un crédito que debe ser considerado subestándar o moroso. Esta práctica se realiza cuando la entidad quiere evitar reconocer pérdidas o subida de la morosidad y la reclasificación de refinanciaciones de normal a subestándar supondrá que tengan que destinar más provisiones para estos créditos.

El supervisor, además, declara que es necesario una revisión de las refinanciaciones de las entidades, para revisar su correcta clasificación en una categoría u otra, por lo que revisará la cartera de refinanciaciones y los resultados de este ejercicio y los efectos contables que pueda tener dicha revisión se deberán comunicar por cada entidad a los servicios de inspección del Banco de España antes del 30 de septiembre. También advierte que tiene intención de "prestar especial atención a esta materia" en las inspecciones de 2013 o en las que se programen "de forma especial con este objetivo".

Además de la clasificación que por defecto debe corresponder a las refinanciaciones y reestructuraciones, el Banco de España establece unos criterios para utilizar estos instrumentos "de manera prudente". Así, afirma que se debe realizar un análisis individualizado de la capacidad de pago del prestatario, sobre la base de generación de ingresos recurrentes y suficientes.

Las condiciones deben estar basadas en un esquema de pagos realista, preferentemente a través de cuotas periódicas coherentes. Las entidades deben contar con estimaciones actualizadas del valor de las garantías existentes. Por último, las decisiones deben ser revisadas periódicamente, con el fin de comprobar su eficacia.

El 50% de las refinanciaciones ya están clasificadas como dudoso o subestándar.

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