Empresas y finanzas

Gas Natural repercutirá a grandes clientes el laudo de Argelia

  • El grupo se hace fuerte para actualizar los precios en contratos bilaterales

El reconocimiento del Ministerio de Industria a Gas Natural para repercutir el laudo que perdió con Sonatrach al recibo hace fuerte a la compañía que preside Salvador Gabarró para ir más allá y solicitar una revisión de los precios a los clientes industriales que también se surtían de este contrato a través de acuerdos bilaterales.

Y precisamente entre estos grandes clientes industriales se encuentran Endesa e Iberdrola, que ya hace dos años se negaron de plano a tener que afrontar una revisión de sus contratos de suministro.

Incluso públicamente, el director del negocio liberalizado de Iberdrola, Francisco Martínez Corcoles, consideró "muy difícil que se pueda traspasar al cliente" el impacto del laudo, y rechazó que su contrato fuera revisable. El directivo recordó que desde 2008 "la tarifa de gas no tiene que ver con los precios de suministro" y que, si hay algún contrato bilateral con clientes en el que exista la posibilidad de "trasladar" el laudo, se tratará de un caso "marginal". Sin embargo, los cambios que quiere aplicar el ministro de Industria, José Manuel Soria, han dado un giro de 180 grados, de tal modo que el consumidor doméstico se verá afectado con un alza del 1 por ciento.

Por su parte, los contratos con grandes clientes se tendrán que negociar entre las empresas, lo que hace pensar en un cruce de demandas judiciales para repercutir o evitar las actualizaciones de los precios. Estos tipos de contratos contienen cláusulas de revisión con carácter retroactivo para ir adaptándose a la evolución de los precios nacionales e internacionales.

El laudo de la Corte de París obligaba a Gas Natural Fenosa a pagar 1.450 millones de euros a Sonatrach. La compañía española solicitó al Gobierno cargar a las tarifas 300 millones de euros y finalmente Industria ha reconocido 157 millones que repercutirán en el recibo del gas en cinco años.

El reconocimiento de Industria toma como argumento jurídico el Real Decreto -ley 6/2000, en el que se indica que el gas procedente del contrato Sagane I, que es el que afecta a Sonatrach y Gas Natural Fenosa, se debe aplicar de forma preferente al suministro a tarifa. El contrato se asigna por ley con el objeto de atender preferentemente el suministro a tarifa. El Ejecutivo también obligó a que el 25 por ciento de este contrato se vendiera a otras comercializadoras, como Endesa e Iberdrola, con el objetivo de favorecer la competencia.

Además,existe un precedente en la orden ministerial 3311/2005 que permite repercutir a posteriori el extracoste del aprovisionamiento de gas en 2005 en el valor del coste de materia prima de los años siguientes.

Durante los años de suministro de este contrato, la tarifa que fijaba el Gobierno se componía de la suma de los peajes correspondientes, el coste comercial y el de la materia prima.

Para calcular esta última variable, Industria, mediante orden ministerial, establecía cada año la cantidad del contrato Sagane I, así como otros posibles aprovisionamientos, que consideraba necesarios para asegurar el suministro.

Por tanto, este coste de la materia prima era el precio que recibía Gas Natural por este gas.

Con este conjunto de medidas, la compañía perdió la posibilidad de utilizar comercialmente este gas y dedicarlo a otros destinos que le pudieran dar un mejor rédito.

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