Empresas y finanzas

Competencia multa a Endesa con 23,1 millones por abuso de posición de dominio

  • La infracción tiene relación con el mercado de las instalaciones eléctricas

La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha impuesto multas a Endesa por valor de 23,1 millones de euros por abusar de su posición de dominio en el negocio de la distribución de electricidad.

En concreto, el consejo de la CNC ha impuesto a Endesa Distribución Eléctrica dos multas, una por valor de 14,96 millones de euros y otra por 8,15 millones.

El expediente abierto por el organismo tiene su origen en una denuncia presentada por la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de España (FENIE). Las infracciones tienen relación con el mercado de las instalaciones eléctricas.

Como resultado del mismo, el consejo de la CNC ha declarado a la compañía "responsable de dos infracciones de abuso de posición de dominio".

El mercado de las instalaciones eléctricas comprende la realización de las obras necesarias (acometida, enganche, extensiones o conexión) para la conexión de la red de distribución con las instalaciones receptoras de los usuarios finales.

La normativa distingue entre las actividades de instalación que están reservadas a los distribuidores y las que no, indican desde Competencia, que agrega que la ejecución de las instalaciones no reservadas al distribuidor puede llevarse a cabo en libre competencia por cualquier instalador autorizado.

Respecto a la primera infracción, la CNC considera que Endesa "habría aprovechado su posición en el mercado de la distribución para distorsionar la competencia en el mercado conexo de las instalaciones no reservadas, en el que también opera". "Endesa ha utilizado la información sobre las solicitudes de suministro a la que tenía acceso privilegiado por su condición de distribuidor para ofertar la ejecución de los trabajos de instalaciones eléctricas a los clientes de mayor tamaño del mercado", agrega.

Esta conducta dificulta que el resto de operadores presentes en el mercado de instalaciones pueda competir con Endesa Distribución en situación de mínima igualdad de condiciones en sus zonas de distribución por la parte más atractiva del mercado. Por esta infracción se ha impuesto a Endesa una multa de 14,96 millones de euros.

Precedentes

Desde la CNC recuerdan que no es la primera vez que las autoridades de competencia imponen multas por conductas como esta. En el año 2011, las distribuidoras de los grupos empresariales E.On, Gas Natural Fenosa e Hidrocantábrico fueron multadas por un comportamiento similar, como también lo fue la propia Endesa en 2006 por realizar una conducta parecida en la Isla de Mallorca.

Respecto a la segunda conducta, el organismo subraya que Endesa ha abusado de su posición de dominio por cobrar a los clientes por la ejecución de los trabajos de dos entronques y conexión de la instalación. La norma prevé que estos trabajos deben ser realizados por el distribuidor a su costa. Sin embargo, durante un determinado periodo la distribuidora cobró a los clientes por ello, lo que ha sido considerado un "abuso explorativo". Por esta infracción se ha impuesto a Endesa una multa de 8,15 millones de euros.

El Supremo rechaza el recurso de Iberdrola Generación

Por otra parte, esta mañana se ha dado a conocer una sentencia en la que el Tribunal Supremo rechaza el recurso de Iberdrola Generación por abuso de posición de dominio.  Por dicha resolución se le imponía una multa de 38,71 millones de euros por haber incurrido en abuso de posición dominante, al ofertar al mercado diario de la energía precios encaminados no a su casación en dicho mercado, sino a generar en situación de restricciones técnicas, en cuya situación era el único posible oferente.

La sentencia, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo modifica la doctrina que mantenía hasta ahora sobre la forma de instruir y fallar del Tribunal de Defensa de la Competencia, que hasta ahora había dado la razón a las eléctricas.

Hasta ahora, la Audiencia Nacional y el Supremo habían estimado los recursos contencioso-administrativos entablados por Unión Fenosa Generación, S.A., Iberdrola Generación, S.A. y Endesa Generación, S.A., contra la resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia de 7 de julio de 2.004.

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