
Garantizar que los fondos públicos se destinan a fines públicos: ése es el objetivo que empuja al Ministerio de Empleo a atreverse con el espinoso asunto de los altos sueldos que perciben los gerentes de las 20 mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que existen España.
El departamento que dirige Fátima Báñez lo hará a través del anteproyecto de ley sobre estas aseguradoras que, salvo imprevisto de último hora, aprobará hoy el Consejo de Ministros.
El asunto, que constituye uno de los flecos que aún quedan sueltos del Plan Nacional de Reformas, es cuanto menos delicado. Las mutuas son entidades privadas sin ánimo de lucro, que, con todo, se financian con dinero público, el que procede del cuantioso pago en cotizaciones que las empresas hacen a la Seguridad Social. Así, en 2012, ingresaron 5.300 millones en concepto de cuotas por contingencias profesionales, 3.000 millones por contingencias comunes y más de 130 millones por cese de actividad de autónomos.
Pese al origen de esos recursos, los directivos de estas mutuas, en especial sus gerentes, reciben tradicionalmente unos salarios muy elevados que rebasan con creces los límites que la ley establece para los empleados públicos.
Un ejemplo: en 2014, de acuerdo con el Proyecto de Presupuestos de la Seguridad Social, la retribución media de los primeros espadas de las mutuas se situará en 158.000 euros brutos anuales, una cifra que supera con mucho a los cerca de 75.000 que corresponden al presidente del Gobierno, y que incluso casi hace parecer modesta la cantidad que ganan los presidentes autonómicos más mimados, como Artur Mas, cuyos ingresos se sitúan en 137.000 euros al año.
Los complementos, la clave
Aún no ha trascendido la manera concreta en que Empleo va a articular las nuevas limitaciones. Ha de hacerse con tacto dado que muchos de estos directivos cuentan con derechos adquiridos durante años que, en caso de no respetarse, deberían ser indemnizados. Con todo, fuentes del sector apuntan que podría actuarse sobre los complementos que perciben, que son variados y muy sustanciosos. Así, dentro del catálogo entran coches de alta gama, tarjetas de repostaje, gastos cubiertos de representación en caso de trasladarse o seguros de vida.
Es posible también tomar decisiones para poner coto a los salarios de quienes no han tenido tiempo de acumular derechos adquiridos, es decir, el personal de nueva incorporación. Algo se avanzó ya, desde este punto de vista en 2010, después de que el Tribunal de Cuentas diera un toque de atención el año anterior.
Aquel informe, elaborado con datos de 2006 (en plenas vacas gordas del boom económico español), ponía de manifiesto que hubo gerentes de mutuas cuyo sueldo superó los 470.000 euros antes de impuestos. Ante semejantes cantidades, el Tribunal recordó "el carácter de fondos públicos de la totalidad de los ingresos que perciben las mutuas y la naturaleza, asimismo pública de las prestaciones que tienen encomendadas".
Estas palabras hicieron que se activaran algunas limitaciones a las remuneraciones del personal de nueva incorporación, pero todavía puede hacerse más, según apuntan fuentes del sector, hasta el punto de, como mínimo, asegurar que un directivo de mutua no llegue a cobrar más que un director general de la Seguridad Social (lo que implica situarse en un rango entre los 90.000 y los 100.000 euros anuales).
Capacidad desaprovechada
En el mencionado informe del Tribunal de Cuentas también se puso de manifiesto el hecho de que las mutuas no rendían al máximo de sus posibilidades y que, en aquéllas que tienen instalaciones sanitarias propias, el índice de ocupación era, en algunos casos, de sólo el 45%.
Ahora, de acuerdo con las fuentes consultadas en Empleo, esa capacidad ociosa se sitúa de promedio en el 40% y el anteproyecto de ley que hoy se conocerá contendrá medidas para ponerla a funcionar, sobre todo, al servicio de la Seguridad Social.
En otras palabras, la nueva norma hará que las mutuas trabajen con hospitales públicos y privados. La manera de articularlo será fomentando la colaboración entre las mutuas y los servicios de salud de las comunidades autónomas. De la misma manera también es muy probable que Empleo les retire la capacidad de gestionar la incapacidad laboral transitoria de trabajadores.
Desde hace años, resulta polémico el papel que estas entidades desempeñan en este ámbito, ya que son juez y parte; no en vano son asociaciones empresariales que deciden si sus empleados pueden o no dejar de trabajar temporalmente.