
El Gobierno ha aprobado hoy en el Consejo de Ministros un código de buenas prácticas para el sector financiero que tiene como objetivo evitar que las familias hipotecadas no pierdan su vivienda. Desde este código, se promoverá la dación en pago -entrega de la vivienda para saldar la hipoteca contraída con el banco- para familias con todos sus miembros en paro y con viviendas de menos de 200.000 euros. Así fue la rueda de prensa de Soraya Sánez de Santamaría..
Los bancos se adherirán de forma voluntaria a este código de buenas prácticas para evitar el impacto social de los desahucios, pero una vez suscrito, será de obligado cumplimiento, incluso se podrá recurrir a los tribunales para ello. Las entidades que lo deseen deberán comunicar su inclusión a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, quién hará público el listado. La permanencia en el código será, como mínimo, de dos años.
Así lo ha explicado hoy en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. "Estas medidas buscan paliar la situación dramática de muchos españoles que lo han perdido todo", ha explicado.
Pasos para los hipotecados
El código de buenas prácticas establece mecanismos para evitar el desahucio.
1. En primer lugar, se buscará una reestructuración del pago de la hipoteca. Se establece un periodo de carencia de hasta 4 años, se amplía el plazo de vigencia de la hipoteca hasta 40 años y se limitan los tipos de interés a euribor + 0,25. Podrán solicitar la reestructuración aquellos deudores cuyo procedimiento de ejecución no se haya iniciado.
2. Si todo esto no resulta suficiente para que se pueda seguir haciendo frente a su deuda, se prevé una quita de parte de la deuda en una segunda fase que variaría en función de cada caso. Se considerará inviable cualquier reestructuración que suponga para la unidad familiar una cuota hipotecaria superior al 60% de sus ingresos. Podrán solicitar la quita quienes estén en procedimiento de ejecución, siempre que no se haya anunciado la subasta.
3. Si aún así, los afectados no pueden responder a sus obligaciones, la entidad tendría que aplicar la dación en pago: la entrega de la vivienda para saldar la deuda hipotecaria. El deudor podrá permanecer un plazo mínimo de dos años como arrendatario pagando una renta anual equivalente al 3% del importe de la deuda pendiente. Durante dicho plazo, el impago de la renta devengará un interés de demora del 20%. La dación en pago no será aplicable cuando el procedimiento de ejecución haya concluido o si la vivienda está gravada con cargas posteriores.
¿Quiénes se pueden acoger?
El código de buena conducta fija las condiciones que tienen que cumplir las familias para que se puedan acoger a estas facilidades.
En primer lugar, todos los miembros de la familia tienen que carecer de rentas derivadas del trabajo o actividades económicas. La hipoteca a negociar deberá ser sobre primera y única vivienda. Además, la cuota hipotecaria deberá ser superior al 60% de los ingresos netos que perciban el conjunto de los miembros de la unidad familiar. Deberán, asimismo, carecer de bienes patrimoniales con los que hacer frente a la deuda.
Además de todo eso, el valor de adquisición de la vivienda hipotecada deberá situarse en los siguientes márgenes: para ciudades de más de un millón de habitantes será como máximo de 200.000 euros; para ciudades de más de quinientos mil habitantes o integradas en áreas metropolitanas de municipios de más de un millón de habitantes habitantes de 180.000 euros; para ciudades de más de cien mil habitantes de 150.000 euros; y para ciudades de menos de cien mil habitantes: 120.000 euros.