La rebaja fiscal en el tramo autonómico del IRPF permitirá dejar 25 millones de euros en el bolsillo de los aragoneses. Las rentas bajas son las más beneficiadas al pagar en la declaración de la renta 248 euros menos, así como las rentas medias que ahorrarán por este concepto una media de 260 euros. Además, se incluyen bonificaciones fiscales en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y en gastos de guardería, entre otras.
El Proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2015, que se ha aprobado esta tarde en Consejo de Gobierno, contempla una rebaja fiscal del tramo autonómico del IRPF y una serie de bonificaciones fiscales en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como en gastos de guardería, entre otras medidas.
La rebaja se produce en la presión impositiva sobre el 50% de la cuota del IRPF, cuya regulación corresponde a la Comunidad aragonesa y que se rebaja por primera vez en 20 años de competencia autonómica sobre este tributo. Una rebaja que se suma a la que el Gobierno central va a aplicar y que se centra en una reducción en 2015 de la presión impositiva sobre el 50% de la cuota del tramo del IRPF estatal.
Esta reducción beneficiará a todos los aragoneses, ya que tendrán en su bolsillo la cantidad de 25 millones de euros, aunque la reducción incide especialmente en las rentas más bajas y medias para lo que se ha acometido una modificación de la estructura de la escala autonómica para hacerla más progresiva y se ha establecido una división en cinco tramos de renta, creándose uno más de los que había hasta ahora.
Por ejemplo, en el caso de las rentas más bajas, los aragoneses que tengan unas bases liquidables iguales o inferiores a 12.450 euros -son el 41,59% de los contribuyentes-, reducirán su tributación en un 16,7%, pasando su tipo aplicable del 12% actual al 10% con la nueva escala. Una reducción con la que tendrán que pagar hasta 248 euros menos en la declaración de la renta.
Por su parte, las clases medias que tengan una base liquidable entre los 12.450 y los 20.200 euros se beneficiarán de una rebaja fiscal del 10,5%, pasando en este caso su tipo del 14% al 12,50%. Con esta reducción, permitirá que se paguen unos 260 euros menos en impuestos. En este tramo, hay en Aragón 164.381 contribuyentes, que representan el 25,69% del total.
En el caso de las rentas que tengan una base liquidable de entre 20.200 euros hasta 34.000 euros se aplicará un tipo del 15,50%, mientras que las de entre 34.000 y 60.000 pasarán a ser gravadas con un tipo del 19%. En el caso de las rentas mayores de 60.000 euros, el tipo que se aplicará es del 21,50%, tramo este último en el que hay 12.920 contribuyentes (2,02%).
A pesar de esta rebaja, el Gobierno de Aragón calcula que la recaudación por IRPF en Aragón subirá 30,6 millones de euros más que en 2014, alcanzando los 1.097,7 millones de euros, lo que supone en términos relativos el 2,87% más que en el ejercicio de 2014. Una cantidad que el Estado transferirá en las doce mensualidades de las entregas a cuenta del sistema de financiación autonómica que alcanza los 2.895,2 millones de euros al sumar ingresos como el IVA o los impuestos especiales.
Según explican desde el Gobierno de Aragón, este crecimiento será posible por las previsiones de crecimiento para 2015, que contemplan una evolución positiva del PIB, que alcanzará el 2% y a la generación de empleo neto que permitirá incrementar el número de contribuyentes.
Nuevas bonificaciones
Además de la rebaja del IRFP, la Ley de Medidas para 2015 incluye nuevas deducciones fiscales. En concreto, se aumenta del 50% al 65% la bonificación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Aparte, se introduce una modificación para equiparar el trato fiscal de los descendientes del cónyuge fallecido cuando heredan del viudo de éste.
En las Donaciones, se pasa a eliminar el requisito de que las donaciones deban documentarse en escritura pública para aplicar el beneficio fiscal con el fin de ahorrar costes notariales a los contribuyentes.
Otra de las nuevas deducciones está relacionada con los gastos de guardería de hijos menores de 3 años, de manera que, por este caso, se podrá aplicar una deducción del 15% de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por los gastos de guarderías o centros de de educación infantil, de hijos menores de tres años, con un máximo de 250 euros por cada hijo menor de 3 años inscrito en dichas guarderías o centros.
Estas nuevas deducciones se unen a las que ya se introdujeron en 2012 y 2013 y que se mantienen como es el caso de la compra de libros de texto, aportación de vivienda social, hijos con discapacidad o arrendamiento en casos de dación en pago, creación de empresas o business angels, entre otros.
Otros cambios
Además, se introducen otras modificaciones. Por ejemplo, se congelan las tasas administrativas y se establecen algunas modificaciones puntuales de varias de ellas para ajustar su importe al coste del servicio o por precisiones técnicas.
Igualmente, se extiende el beneficio fiscal por compra de vivienda habitual en núcleos rurales, que está vigente desde 2012, a las entidades locales menores que no sean municipios. Hasta ahora, este beneficio se aplicaba a la adquisición de una vivienda en cualquier municipio aragonés con menos de 3.000 habitantes, pudiéndose ahora aplicarse a los casos en que, siendo mayor su población de derecho, haya menos de 3.000 habitantes en una entidad local de ámbito territorial inferior al municipio. En concreto, se amplía a entidades locales menores o entidades singulares de población.
En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y en el de Actos Jurídicos Documentados, se amplía el plazo para que las familias numerosas puedan vender su vivienda y aplicarse la bonificación por compra de otra. En este supuesto, existe un tipo especial del 3% en TPO (frente al 7%) y del 0,3% (frente al 1%) en AJD para las transmisiones de aquellos inmuebles que vayan a constituir la vivienda habitual de una familia numerosa. Uno de sus requisitos es que, si ya tenían vivienda habitual, tenían que venderla en el plazo de los dos años posteriores a la compra, período que ahora se alarga hasta los cuatro años posteriores, para atender a las dificultades de venta que provoca la situación del mercado inmobiliario.
Finalmente, también se refuerzan las obligaciones formales de las compraventas de oro y metales preciosos en ITP y se modifica la regla de la cuantificación de la base imponible en las apuestas para evitar conductas fraudulentas en el sector del juego.