Andalucía

La Junta endurece la regulación hipotecaria y eleva el 50% las multas a bancos

  • La norma, impulsada por IU, sigue al paralizado decreto de expropiación.
  • La banca tendrá que tener canales propios de atención a los avalistas.
  • Se prohíbe obligar al cliente a contratar otros productos para hipotecarse.
Diego Valderas, vicepresidente de la Junta por IU. Foto: Fernando Ruso

El anteproyecto de ley de protección de los consumidores que contraten una hipoteca aumenta las obligaciones a la banca, permite al cliente ver la escritura antes de ir al notario y trata de acabar con todas las prácticas abusivas.

Nueva vuelta de tuerca de la Junta de Andalucía contra el negocio hipotecario de las entidades financieras. Tras la paralización por el Constitucional en julio del decreto ley de Función Social de la Vivienda que preveía entre otras cosas la expropiación temporal del uso de las mimas en caso de desahucio, ahora el Gobierno andaluz endurece la legislación hipotecaria y eleva hasta un 50 por ciento las sanciones para quienes la incumplan.

El anteproyecto de ley de protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación hipotecaria de vivienda, presentado por el vicepresidente y consejero Diego Valderas (IU), se acoge a la competencia exclusiva de la Junta en materia de Consumo. Y recoge expresamente que respeta la legislación hipotecaria nacional, estableciendo nuevas obligaciones sobre la base de esas competencias exclusivas.

El texto llega cuando el mercado hipotecario se ha desplomado en Andalucía, ya que en 2012 se concedieron 52.537 hipotecas sobre viviendas en Andalucía, menos de una quinta parte de las 269.178 de 2006, por ejemplo, según datos del INE. La nueva ley endurece la legislación autonómica de 2003 sobre derechos de los consumidores que, sin embargo, no se modificó para proteger a estos durante todos los años del boom hipotecario.

Las principales novedades del anteproyecto, a tenor de lo publicado en la web de la Junta ya que el texto completo del mismo no ha sido publicado, son:

- Aumenta la documentación que la entidad debe entregar al cliente obligatoriamente: oscilaciones previstas de los tipos de interés; comparación de todas las ofertas que hagan las entidades con una hipoteca tipo de 150.000 euros a 25 años; comunicación clara de la existencia de cláusulas suelo y techo; explicación de la posibilidad de perder la vivienda en caso de incumplimiento; o concreción de si las garantías exigidas en la hipoteca alcanzan al resto de bienes del cliente más allá de la propia vivienda, entre otras exigencias.

- El avalista de una hipoteca queda considerado como sujeto protegido. Tendrá la misma información que el cliente que firme la hipoteca. Cada oficina bancaria tendrá personal y línea de comunicación telefónica explícita para atender a los avalistas.

- El banco deberá hacer gratuitamente una evaluación de solvencia del cliente y entregarla en 5 días hábiles.

- Se prohíbe que se obligue al cliente a contratar productos accesorios a la hipoteca si el cliente no lo ha solicitado. Sí podrán ofrecerse esos servicios si suponen mejoras en las condiciones del préstamo. El precio de esos productos accesorios no superará al de mercado.

- El periodo de validez para las ofertas vinculantes que entregue un banco u otros establecimientos de crédito se unifica en un mes (ahora, 14 días naturales y 10 días hábiles, respectivamente, en la legislación estatal).

- El cliente podrá examinar la escritura pública del crédito antes de ir a notaría, pedir modificaciones y, si no hay acuerdo, desistir de la operación.

- El notario estará obligado a comunicar al cliente la existencia de cláusulas abusivas; y a la Junta, que iniciará entonces expediente sancionador a la entidad.

- El anteproyecto eleva un 30 por ciento de media las sanciones previstas ya en la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores de Andalucía de 2003. La máxima, sin embargo, crece un 50 por ciento -desde los 400.000 euros- y podrá alcanzar los 600.000 euros. A ellos se le añadirá cinco veces el valor de los beneficios ilícitos obtenidos o del perjuicio causado. Las cantidades recaudadas irán a parar a las organizaciones de consumidores.

- La consejería con competencias en Consumo -hoy incluidas en el departamento que dirige Diego Valderas- promoverá, junto al sector y los consumidores, un modelo de contrato hipotecario de confianza que sirva de referencia y no incluya cláusulas abusivas. Se promoverá la participación voluntaria de las entidades y establecimientos de crédito, así como de agentes sociales, en la configuración de este contrato.

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