
El Ayuntamiento de Madrid prolongará al jueves el 'escenario' 2 del protocolo anticontaminación, activo durante toda esta semana, que implica la prohibición de aparcar en las plazas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) a los no residentes. Además, se limita a 70 kilómetros por hora como velocidad máxima en la M-30 y en los accesos a la capital.
La medida se decreta tras superarse el nivel de Aviso (más de 200 microgramos/m3 durante dos horas consecutivas en dos estaciones distintas) y ser desfavorables las previsiones meteorológicas de AEMET, lo que facilita que se produzcan los episodios de alta contaminación por dióxido de nitrógeno.
El jueves será el octavo día consecutivo con restricciones de tráfico por alta contaminación, y el sexto con el 'Escenario 2', pues está vigente desde el pasado sábado -el domingo no se aplicó la prohibición de aparcamiento- en horario de funcionamiento del SER (de 9.00 a 21.00 horas).
Durante dicho periodo de tiempo, los parquímetros no expenderán tiques durante el horario del SER e informarán en sus pantallas de la prohibición de aparcar a los no residentes.
El Ayuntamiento de Madrid recomienda no usar el vehículo privado y optar por la utilización del transporte público. Y para aquellas personas que necesiten desplazarse en vehículo privado, el uso compartido de dichos vehículos.
Los ciudadanos estarán informados de las restricciones al tráfico y aparcamiento a través de la web municipal, paneles informativos de tráfico y DGT, CRTM/EMT, gabinete de tráfico, Emergencias Madrid, sitio web www.madrid.es y redes sociales. También se informará a través del sistema de Alertas de Salud Ambiental.
De repetirse en el día de hoy el nivel de Aviso y continuar con previsiones de temporal desfavorable, el viernes se procedería a limitar la circulación en función de la matrícula par e impar.
Excepciones
El protocolo establece excepciones a la prohibición de estacionar en las plazas y horario del SER. Son las dirigidas a titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas, además de titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER.
También los vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.
La excepción también llega a los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc), además de los taxis que estén en servicio y su conductor esté presente y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.
También se incluye a los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.
Igualmente llega a servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía). También a las unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.