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Madrid extiende la prohibición de aparcar en zona SER al miércoles por alta contaminación

El Ayuntamiento de Madrid mantendrá este miércoles el 'escenario' 2 del protocolo anticontaminación, vigente este pasado lunes y hoy martes, que implica la prohibición de aparcar en las plazas del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) a los no residentes y la limitación a 70 kilómetros por hora como velocidad máxima en la M-30 y en los accesos a la capital.

El Consistorio decretará, por tanto, el séptimo día consecutivo con restricciones de tráfico por alta contaminación, y el quinto con el 'Escenario 2', pues está activado desde el pasado sábado -el domingo no se aplicó la prohibición de aparcamiento- en horario de funcionamiento del SER (de 9.00 a 21.00 horas).

De esta forma, parquímetros no expenderán tiques durante el horario del SER e informarán en sus pantallas de la prohibición de aparcar a los no residentes.

El Ayuntamiento de Madrid recomienda no usar el vehículo privado y optar por la utilización del transporte público. Y para aquellas personas que necesiten desplazarse en vehículo privado, el uso compartido de dichos vehículos.

Los ciudadanos estarán informados de las restricciones al tráfico y aparcamiento a través de la web municipal, paneles informativos de tráfico y DGT, CRTM/EMT, gabinete de tráfico, Emergencias Madrid, sitio web www.madrid.es y redes sociales. También se informará a través del sistema de Alertas de Salud Ambiental.

Excepciones

El protocolo establece excepciones a la prohibición de estacionar en las plazas y horario del SER. Son las dirigidas a titulares de una autorización del SER como residente, exclusivamente en su correspondiente barrio y plazas, además de titulares de una autorización de Comerciales e Industriales del SER.

También los vehículos que no sean de combustión interna: eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas, así como vehículos eléctricos enchufables y vehículos eléctricos de rango extendido, siempre que hayan obtenido la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid.

La excepción también llega a los vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad (mudanzas, vehículos diplomáticos en sus reservas específicas, coches oficiales, etc), además de los taxis que estén en servicio y su conductor esté presente y los vehículos de alquiler de servicio público con conductor, en idénticas condiciones.

También se incluye a los vehículos destinados al transporte de personas de movilidad reducida en los que se exhiba la autorización especial correspondiente, con sujeción a las prescripciones y límites establecidos en la autorización especial y siempre que se esté transportando al titular de dicha autorización.

Igualmente llega a servicios esenciales: vehículos de extinción de incendios, salvamento y protección civil, fuerzas y cuerpos de seguridad, agentes de movilidad, ambulancias y vehículos de asistencia sanitaria pública y privada, gestión semafórica y, en general, los que sean precisos para la prestación de servicios públicos básicos (electricidad, agua, gas y telefonía). También a las unidades móviles de producción y retransmisión audiovisual.

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