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¿Se puede recurrir la multa de un parquímetro? Tres claves para evitar pagarlas

Aparcar en las grandes urbes es uno de las grandes quebraderos de cabeza de los conductores pues supone una gran pérdida de tiempo a diario. Más tedioso es aún si se tienen en cuenta factores como la rotación obligatoria -dos horas en plazas verdes y de cuatro en azules- o el elevado coste de estacionar el coche en la zona de Servicio de Estacionamiento Regulado (SER).

No obstante, no hay que olvidar que las multas interpuestas en esta zona son completamente recurribles, tal y como recuerda la asesoría jurídica Pyramid Consulting. A menudo, por desconocimiento, por evitar problemas o por acogerse al descuento por pronto pago, se tiende a abonarlas; si bien, es aconsejable tener en cuenta una serie de claves con las que es posible evitar el pago de las sanciones en determinados supuestos.

Casos en los que recurrir

Las multas del SER pueden deberse a tres razones principales: no poner el ticket de estacionamiento, superar el tiempo máximo permitido, o ponerlo de forma inadecuada. No obstante, si somos sancionados por alguno de estos tres motivos, debemos tener en cuenta los siguientes aspectos:

El primero de ellos es que el papel que nos encontramos en el limpiaparabrisas no es una multa, sino una denuncia. Los controladores de los parquímetros no cuentan con presunción de veracidad ni con poder sancionador. En este punto, tenemos dos opciones. La primera sería abonar tres euros para anular la supuesta multa, aunque a efectos legales no lo es. La otra opción sería dejar que la sanción prospere y poder recurrirla después.

El segundo punto que debemos tener en cuenta está también relacionado con que los agentes del SER no cuentan con presunción de veracidad. Por lo tanto, siempre deberán contar con pruebas que avalen su denuncia, o estarán vulnerando nuestra presunción de inocencia. De hecho, la Justicia ha anulado recientemente una multa del SER de Madrid por no ir acompañada de una foto del vehículo sancionado.

Normalmente, pasados unos días recibiremos una notificación por correo postal con la notificación. Esta carta no ha sido emitida por la Administración Local; por eso, tampoco puede considerarse una multa. Es decir, carece de validez al igual que la anterior.

¿Cuándo recibiremos la multa de la zona azul? Días más tarde, recibiremos una notificación certificada en nuestro domicilio con la denuncia formal. A partir de este momento, podremos decidir recurrir o no la multa. Desde Pyramid Consulting recomiendan siempre el recurso, puesto que se trata de sanciones injustas.

La zona SER es una zona de aparcamiento de pago presente en el centro de muchas localidades. Madrid fue una de las primeras ciudades en implantar este sistema de aparcamiento de pago. Poco a poco, el resto de grandes urbes como Barcelona o Sevilla la fueron implantando hasta ser un denominador común en todo nuestro país.

Ahora, el Ayuntamiento de Madrid extenderá el horario operativo de los parquímetros a la noche, fines de semana y festivos desde el próximo año. ¿Le seguirán el resto de ciudades españolas?

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