Sociedad

Los hospitales de Madrid, abocados a repetir el concurso tras un nuevo auto

Las presiones de los trabajadores van camino de conseguir su objetivo | EFE

La adjudicación de la gestión de seis hospitales públicos en la Comunidad de Madrid estaba ya suspendida cautelarmente por un juzgado de lo contencioso. Sin embargo, todos los protagonistas en este proceso, y sobre todo el Gobierno regional, esperaban a que el órgano competente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), se pronunciara de nuevo al respecto. Y lo hizo ayer, con malas noticias para el Ejecutivo de Ignacio González.

En un nuevo auto sobre el proceso, el Tribunal declara la suspensión cautelar de la adjudicación hasta que dicte una resolución definitiva sobre el caso. Los jueces admiten de este forma el recurso presentado por el sindicato médico Afem (Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid) sobre las condiciones recogidas en los pliegos del concurso.

En el auto, el Tribunal pone el foco en el montante de la fianza exigida a las empresas que concurrían al concurso. Hay que recordar que la Consejería de Sanidad cambió, a cuatro días de acabar la fecha de presentación de ofertas, las condiciones del aval que tenían que presentar las compañías. La cantidad a depositar pasó de ser del 5 por ciento del importe de adjudicación total del contrato (de diez años de duración), a ser del 5 por ciento del contrato sólo del primer año. Es decir, diez veces menos cantidad que la exigida inicialmente.

Éste es el punto al que se agarraron tanto esta asociación de médicos -de reciente creación- como el Partido Socialista para intentar paralizar el concurso. En un auto anterior, este mismo Tribunal entendió que el PSOE no estaba legitimado para poder pedir la suspensión del concurso, pero ahora en el nuevo dictamen, sí entiende que la asociación de médicos puede ser una de las partes perjudicadas en el proceso, por lo que atiende su petición.

Para el TSJM, este cambio en la cuantía de la fianza "podría haber limitado el principio de libre concurrencia competitiva al haber podido impedir licitaciones de empresas por el importe de la garantía definitiva".

Lo que dice la ley de contratos

Y aquí es donde todo apunta a que la sentencia definitiva del Tribunal obligará a convocar de nuevo el proceso y volver a las condiciones iniciales de los pliegos en relación a esta fianza. El auto afirma que según la Ley de Contratos del Sector Público se establece que "con carácter general" los que presenten las ofertas económicamente más ventajosas en las licitaciones de los contratos que celebren las Administraciones Públicas "deberán constituir (...) una garantía del 5 por ciento del importe de adjudicación, lo que coincide con la redacción inicial de la cláusula y no con su modificación".

Es cierto que el auto no entra a valorar el fondo del proceso "porque excede de su competencia". Sin embargo, fuentes del proceso consultadas por elEconomista entienden que los jueces sí han puesto en duda las condiciones de los pliegos, por lo que lo más normal es que en la resolución definitiva pidan una corrección de los mismos y habría que repetir el concurso, apuntan.

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