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El Tribunal de la UE avala la sucesión de contratos temporales por "razones objetivas"

EFE
8:30 - 27/01/2012
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El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que las empresas pueden encadenar los contratos temporales con un mismo trabajador, incluso si éstos se suceden durante un período prolongado, siempre que existan "razones objetivas" que lo justifiquen por parte del empleador.

La máxima instancia judicial europea se pronunció así sobre el litigio iniciado por una trabajadora alemana, que denunció a su empleador, un organismo estatal germano, después de encadenar trece contratos de duración definida a lo largo de un período de once años.

Todos esos contratos se formalizaron para sustituir a asistentes cuya relación laboral era de duración indefinida y que disfrutaban de permisos temporales, entre ellos varios permisos parentales, según explicó la corte de Luxemburgo en un comunicado.

No tiene por qué ser un abuso

En su sentencia, el Tribunal de la UE recuerda que los contratos de trabajo de duración indefinida "constituyen la forma general de la relación laboral" según el Derecho comunitario, lo que obliga a los países "a tomar medidas para prevenir los abusos por la utilización sucesiva" de contratos temporales.

No obstante, los estados miembros pueden determinar "razones objetivas" que justifiquen el encadenamiento de esos contratos, tal y como establece el Derecho alemán para sustituciones por permisos parentales o de maternidad.

Según el Tribunal, "el sólo hecho de que un empresario se vea obligado a realizar sustituciones temporales de manera recurrente, o incluso permanente", no implica la inexistencia de una razón objetiva "ni la existencia de un abuso".

La corte de Luxemburgo también subraya que las autoridades nacionales deben tener en cuenta "todas las circunstancias del caso concreto" para valorar si la renovación de un contrato de duración definida está justificada por una razón objetiva, como sería la necesidad temporal de sustitución.

Entre estas circunstancias se incluyen "el número y la duración acumulada de los contratos de duración determinada celebrados en el pasado con el mismo empresario", señala el Tribunal.

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Comentarios 1

1
27-01-2012 / 16:30
a
Puntuación 1

vamos apañados ...... mejor un rebaño de cabras y a tomar por culo empresas y empresarios

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