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El Supremo rechaza la "irrespetuosa" impugnación de Delgado contra el fallo que anuló su ascenso

    La exfiscal general del Estado y exministra de Justicia, Dolores Delgado. / EP

    Eva Díaz
    Madrid,

    El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el incidente de nulidad presentado por la exfiscal general del Estado y exministra de Justicia, Dolores Delgado, contra la sentencia del mismo tribunal del pasado noviembre que anuló su promoción como fiscal de Sala de la Fiscalía Togada (Jurídico Militar) del Alto Tribunal por desviación de poder.

    El auto, del pasado 22 de enero, señala que el escrito de Delgado tiene un carácter "francamente irrespetuoso" en algunas de las expresiones empleadas, pero al margen de esto, asegura que ninguno de los argumentos esgrimidos por la exministra para justificar la vulneración de sus derechos fundamentales "pueden sostenerse".

    Cabe recordar que el tribunal anuló el nombramiento de Delgado como fiscal de Sala de la Fiscalía Togada del Supremo, realizado a propuesta del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, al considerar que éste solo buscaba asegurar la promoción de la exministra. El TS estimó así el recurso presentado por Luis Rueda García, teniente fiscal de la Fiscalía del Tribunal de Cuenta, y también candidato a fiscal de Sala de lo Militar.

    Ahora, el Supremo rechaza la impugnación de Delgado al considerar que no se sostiene. La exministra denuncia desigualdad de trato al equiparar su caso con el del coronel Diego Pérez de los Cobos, restituido este verano como jefe de la Guardia Civil de Madrid, después de que el TS determinara en marzo que su cese por parte del ministro del Interior, Grande Marlaska, había sido ilegal y no estaba justificado. De los Cobos fue cesado en mayo de 2020 por pérdida de confianza del ministro tras la investigación que se abrió a raíz del 8-M y la pandemia. El Supremo señala ahora en su auto que en el caso de Pérez de los Cobos no hubo desviación de poder.

    Delgado también apuntó que se vulneró el artículo 23.2 de la Constitución (derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes), sin embargo el TS dice que el hecho de que el acto administrativo sobre su ascenso cumpliera todos los requisitos legalmente exigidos no lo inmuniza de la desviación de poder.

    Finalmente, respecto a que se vulneró el artículo 24 de la Constitución (todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión), el auto asegura que "no cabe apreciar quebrantamiento alguno del derecho a la tutela judicial efectiva".