El enfoque social dará un nuevo color a la taxonomía europea
Cristina Ruiz
En los últimos meses, el término taxonomía está cada vez más presente en la actividad económica, pretendiendo dar respuesta certera a la pregunta de cuándo se considera que una actividad económica es sostenible. La cuestión fundamental es cómo hacer tangible ese propósito de desarrollo sostenible de responsabilidad presente con compromiso de futuro.
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas ofrecen esa visión global e integradora de recursos naturales y humanidad, de presente y futuro, contemplando el desarrollo y el bienestar de las personas cuidando el medioambiente. Para viabilizar esta agenda y la visión de futuro sostenible del Acuerdo de París, se presenta la taxonomía europea.
La clasificación de las compañías sostenibles en aquello relativo a los llamados términos no financieros o datos de sostenibilidad -como son los aspectos medioambientales, sociales o prácticas de buen gobierno-, viene dada en los ratings ESG que elaboran agencias especializadas con la información facilitada por las propias empresas, información que se verifica con fuentes terceras y sistemas no estandarizados, lo que deriva en una disparidad de criterios para la clasificación que puede presentar contradicciones e incoherencias.
La situación se excusa en la falta de uniformidad y transparencia en este tipo de información, en la dificultad de su verificación, en las grandes diferencias de unos sectores a otros y en la complejidad de análisis de los ESG ante sus características más cualitativas que cuantitativas, lo que contrasta con la claridad de clasificación de los estados financieros de una organización, por su homogeneidad, y la auditoría cuantitativa de la información y los datos financieros.
Con el fin de desarrollar un marco para evaluar la sostenibilidad de la actividad económica, y canalizar el capital necesario para financiar el crecimiento sostenible, la Unión Europea publicó el pasado junio de 2020 el Reglamento de Taxonomía 2020/852, conteniendo los fundamentos del sistema de clasificación de actividades económicas sostenibles desde el enfoque medioambiental. Es reseñable que esta taxonomía no se centra en empresas, sino en actividades económicas, a la hora de determinar el grado de sostenibilidad de una inversión, de tal manera que una empresa puede ser sostenible en algunas de las actividades que realiza y en otras no.
"La aventura de la gama cromática taxonómica debe continuar. Queda por definir terminología, regulación y color de los otros dos criterios ESG"
De los criterios ESG, el mencionado Reglamento 2020/852 se centra exclusivamente en la cuestión medioambiental, esta taxonomía verde establece una lista de 67 actividades que contribuyen a mitigar el cambio climático y criterios para conocer si un activo financiero es verde. A raíz de esta taxonomía verde para impulsar las finanzas sostenibles, que responde a propósitos de gestión de inversiones, se reclama por parte del BCE, como complemento de la anterior, una taxonomía marrón para identificar los activos vulnerables a la transición climática, respondiendo más específicamente a las necesidades de bancos y supervisores. La aventura de la gama cromática taxonómica debe continuar pues la inversión socialmente responsable alcanza cotas increíbles y queda por definir terminología, regulación y color de los otros dos criterios ESG.
Para la taxonomía social, la Comisión Europa ya ha anunciado que, a finales del presente 2021, publicará un informe explicativo elaborado por el TEG (Grupo Técnico de Expertos) sobre cómo se estructurará y funcionará la taxonomía social. En cuanto al criterio de gobernanza aún no hay pronunciamiento conocido, tal vez esté sobre la mesa. Lo cierto es que no es el criterio más difícil de estandarizar, ya que es el más regulado y sus claves esenciales son la transparencia y la consistencia. Por otro lado, precisamente, es el eje de los otros dos criterios, prima por este motivo la triple taxonomía, y prima también porque para el próximo enero de 2022 se cuenta con la entrada en vigor del nivel II del Reglamento de Divulgación de Finanzas sostenibles del Plan de Acción sobre Finanzas Sostenibles de la UE, en el que se detallará la información obligatoria a reportar sobre los criterios de la sostenibilidad.
Para la anunciada taxonomía social, el reto que se presenta no es baladí. Es el criterio más intangible y el regulatoriamente menos estandarizado, por tanto, el más complicado de medir para llegar a conclusiones determinantes y coherentes. Aunque se focalizará en los derechos humanos, el acceso a la salud, el empleo digno, la igualdad y la no discriminación, son amplios y complejos los aspectos a tratar cuando se funden los derechos humanos y laborales, adquiriendo una nueva dimensión en cuestiones como talento, calidad, seguridad, innovación, cadena de valor, cliente, inclusión o diversidad… .Será necesario, por tanto, alinear las directrices de la OCDE, los Principios Rectores de las Naciones Unidades, la Declaración de la OIT o la Carta Internacional de Derechos Humanos.
No obstante, los interrogantes son muchos: sobre realmente qué medir, cómo hacerlo, y a quién afectará y con qué carácter. También se presentan más interrogantes en relación a la previsible contribución sustancial, cómo se arbitrará la contribución sustancial entre los concretos objetivos sociales que se establezcan, cómo, en su caso, se va a relacionar la contribución sustancial de los objetivos medioambientales con los objetivos sociales, superándose a máximas las garantías sociales mínimas previamente contenidas. O, cómo se va a configurar una visión integradora de la sostenibilidad ante la aparente ausencia de taxonomía y objetivos en gobernanza. Interrogantes estos, y tantos otros, que, sin duda, serán objeto de debate durante estos meses. La expectativa está servida y la taxonomía europea se enfrenta a innumerables retos para el crecimiento sostenible. ¿De qué color será la social?
Cristina Ruiz es consejera de IASE (International Association for Sustainable Economy) España.