Economía
Grecia quiere también su 'visa dorada' para atraer jubilados extranjeros y copia a Portugal e Italia
- Prepara una tarifa plana del 7% en el IRPF para pensionistas internacionales
- La rebaja afectará, además de a la pensión, a todas las rentas y dividendos
Ignacio Faes
Grecia prepara una reforma fiscal que establecerá una tarifa plana del 7% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los jubilados extranjeros que se establezcan en el país. Con esta medida, denominada el argot tributario como visa dorada, Atenas quiere atraer pensionistas, con la misma estrategia fiscal que utilizan ya, con gran éxito, países como Portugal e Italia.
Si prospera la medida griega, el país impondrá el tipo fijo del 7% en el IRPF a cualquier pensionista extranjero que traslade su residencia fiscal al país heleno. La tasa impositiva no solo afectará a los ingresos procedentes de una pensión, también se aplicará a las rentas procedentes de dividendos o alquiler de vivienda.
Bruselas rechaza este tipo de movimientos y pide que haya una armonización fiscal para evitar el 'dumping' entre países
Atenas asegura que la medida supone aumentar las bases impositivas, aunque se pierda recaudación por la rebaja fiscal, y estimulará la inversión extranjera en ladrillo. Y, de paso, los responsables de finanzas griegos sostienen que se deslocaliza el pago de impuestos.
La iniciativa griega llega en un momento en que las costuras fiscales de la zona euro se están deshilvanando. Hace años que la unión fiscal está atascada políticamente, ante el recelo de muchos países de perder soberanía en esta materia. Holanda, Irlanda, Malta, Bélgica o Luxemburgo han convertido su política fiscal en un feudo con importantes ventajas impositivas para atraer a las grandes multinacionales a sus territorios. Beneficios tributarios que dejan escapar miles de millones al año a cargo del resto de contribuyentes europeos. La Comisión Europea intenta poner freno por todos los medios al dumping fiscal entre socios comunitarios. "No queremos perjudicar a nuestros socios", apunta Athina Kalyva, directora de política fiscal del ministerio de Finanzas, y una de las impulsoras de la ley, al diario británico The Guardian.
La medida griega es similar a la de Portugal, que desde 2009 ofrece unas condiciones inigualables para los jubilados extranjeros. Aquellos pensionistas a los que se les otorgue la condición de no residentes habituales estarán exentos de pagar el impuesto de la renta en Portugal por un período de 10 años. Un período que también maneja para su ley Atenas.
"Portugal está siendo visto con muy buenos ojos por gente con rendimientos altos, pues tiene una suerte de nuestro Régimen Beckham pero con mayores ventajas fiscales", explica el fiscalista Esaú Alarcón, abogado en Gibernau Asesores. "Básicamente, hay menos condicionantes y son 10 de años de beneficios fiscales, no seis como aquí", explica Alarcón.
"Tiene grandes atractivos", destaca Javier Gómez Taboada, socio del Área Tributaria de Maio Legal en la oficina de Vigo, a pocos kilómetros de la frontera con Portugal. "Es un tratamiento amable con aquellas personas dispuestas a acogerse a su golden visa", señala el fiscalista.
"España debería tomar buena nota", apunta Gómez Taboada. "No hace mejor los deberes el que los hace más rápido, buscando una recaudación en tiempo récord, sino los hace mejor el que los hace pensando en el medio o largo plazo", añade.
"Es muy importante no tener el centro de intereses económicos en España para evitar que Hacienda te reclame", explica el fiscalista Alejandro del Campo
En Portugal, para beneficiarse de este tratamiento privilegiado, el ciudadano extranjero debe acreditar que no ha sido residente fiscal en Portugal en los últimos 5 años y adquirir la residencia tributaria en Portugal. La regla general portuguesa es que pueden adquirir la residencia fiscal quienes residen en el país más de 183 días al año o, con un plazo menor de tiempo, disponen todo el año de una vivienda que sirva a Hacienda presumir la intención de conservarla y ocuparla como residencia habitual.
Por su parte, Italia tiene implantada la misma medida. Sus Presupuestos incluyen tarifa plana del 7% a las pensiones extranjeras, pero de forma más limitada. Solo se aplica para cuando el jubilado se establezca residencia en pequeñas localidades de menos de 20.000 habitantes en el sur de Italia y en las islas de Sicilia y Cerdeña, las zonas más empobrecidas del país. Malta desde el 2015 también ofrece buenas condiciones a los pensionistas extranjeros, con una tasa del 15%.
Hacienda vigila
El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (Sepblac) ha puesto su lupa sobre los españoles que se acogen a estos regímenes internacionales para extranjeros, conocidos como visa dorada. El Sepblac vigila las rentas que se salen del país. El plan del organismo quiere evitar la fuga de capitales obtenidos de manera irregular o sin fiscalizar y el dinero procedente de actividades delictivas. De este modo, aumenta la presión sobre las personas con rendimientos altos para que mantengan su residencia fiscal en España y paguen los impuestos en el país.
La Agencia Tributaria, por su parte, activa en muchos de estos casos cualquiera de los criterios del artículo 9 de la Ley del IRPF para considerar que estas personas, realmente, siguen siendo residentes en España. Según fuentes de la Inspección de Hacienda, si el contribuyente consigue acreditar la residencia fiscal en otro país, siempre con certificado, la Agencia Tributaria acciona entonces las reglas de desempate del artículo cuatro sobre el convenio aplicable en estos casos.
Alejandro del Campo, abogado y asesor fiscal en DMS Consulting, pide prudencia ante la toma de decisión de estas mudanzas. Reconoce que ya ha recibido varias consultas sobre estos asuntos, sobre todo para irse a Portugal.
Cuidado en el traslado
"Siempre les explico a mis clientes que no las tienen todas consigo aunque vivan en ese país más de 183 días y consigan el certificado de residencia fiscal allí", apunta. "La Hacienda española les puede considerar residentes en España tanto por vivir en España más de 183 días como por mantener en España el centro de intereses económicos, -es decir, rentas procedentes de España o patrimonio aquí- aunque no vivan más de 183 días en España", añade.
Alejandro del Campo subraya la importancia de "no tener en España una vivienda a disposición, ni en propiedad ni alquilada". El fiscalista considera que "ello puede determinar residencia fiscal en España por las reglas establecidas en los Convenios de Doble Imposición".