Un año del control del alquiler en Cataluña: los precios de la vivienda bajan un 3,7%
- La ministra de Vivienda considera que "es una buena noticia"
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Lorena Torío
El primer año del control de los alquileres en Cataluña se ha saldado con un descenso de precios de 3,7% en el conjunto de la comunidad, y del 6,4% en Barcelona. Es el balance de la Generalitat de Cataluña, que también destaca que durante ese tiempo se han firmado 1.000 nuevos contratos al mes.
"Es una buena noticia", ha dicho la ministra Isabel Rodríguez, quien considera que este resultado debe ser una "inspiración" para el resto de comunidades y ciudades de España. Precisamente, la responsable de la cartera ha vuelto a pedir a las comunidades y ayuntamientos gobernados por el PP que apliquen la ley de vivienda, ya que "igual que sucede en Barcelona, en Madrid puedan bajar los precios del alquiler".
La ministra, que ha comparecido junto a la consellera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica de la Generalitat, Sílvia Paneque, y el alcalde de Barcelona, Jaume Collboni, ha recordado que varios municipios del País Vasco están pendientes de declarar zonas tensionadas, igual que en Navarra. En Asturias, Galicia y Canarias también se están preparando áreas que puedan poner límites al precio, mientras que en Madrid "hasta nueve ayuntamientos están peleando" para poder hacerlo, ha señalado.
La limitación del precio del alquiler se aplica en Cataluña desde el 16 de marzo del año pasado en 140 municipios y desde el 10 de octubre en otros 131 municipios, por lo que actualmente llega hasta 271 municipios en los que viven más de 7 millones de personas, el 90% de la población catalana. Los datos presentados este viernes corresponden a los tres primeros trimestres de aplicación de la norma, de abril a diciembre de 2024.
En los municipios tensionados, el alquiler de los nuevos contratos no puede superar el precio del último contrato vigente en los últimos cinco años, una vez aplicada la cláusula de actualización anual de ese contrato. Además, cuando se trate de un gran tenedor, es decir, un propietario como cinco o más inmuebles, el alquiler no podrá ser superior al Índice de referencia del precio del alquiler.