Vivienda - Inmobiliario
¿Qué puedo hacer si se retrasa la entrega de mi vivienda?
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elEconomista.es
Decantarse por una vivienda de nueva construcción frente a otra de segunda mano implica ciertas ventajas, como contar con una decoración y con un equipamiento completamente nuevo, encontrarse con menos desperfectos y, por lo general, asumir menos derramas. Del mismo modo, también presenta ciertos inconvenientes frente a la vivienda vieja, como el precio, la lejanía respecto a los centros urbanos o los tiempos de espera hasta la entrega de llaves.
De hecho, la espera desde que se firma un piso sobre plano hasta su entrega es una de las cuestiones que más preocupan a los compradores, siendo frecuentes los retrasos respecto al calendario fijado. De hecho, se suelen fijar garantías legales para que los compradores confíen en los promotores, como la devolución de las cantidades ingresadas en caso de que la construcción no se materialice.
Sin embargo, y en el peor de los casos, este tipo de operaciones no están exentas de problemas y pueden no cumplirse a tiempo. Por ello, desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) aconsejan medidas de precaución a quienes estén interesados en comprar.
Tres medidas a tener en cuenta
En primer lugar, OCU aconseja no aceptar la entrega y la firma de la escritura sin tener licencia de primera ocupación. "Esta es una acreditación de que las obras se han realizado de forma correcta y conforme a la licencia de edificación solicitada en su día, y de que la urbanización prevista de la zona se ha terminado por el promotor", explica la organización. Sin la licencia, en teoría no se puede contratar suministros (luz, agua, teléfono, gas...), ni se podrán exigir ciertos servicios como correos o la recogida de basura.
En segundo lugar, y ante un retraso, OCU indica que es posible acordar un nuevo plazo o solicitar el reembolso de lo que has entregado a cuenta más los intereses, dado que la fecha de entrega original debe estar definida en el contrato. "El plazo para ejecutar las garantías ante el banco avalista o el seguro es de dos años", señala.
Por último, OCU recuerda a los compradores que tienen derecho a que les resarzan de los daños ocasionados. Tanto de los daños patrimoniales (por ejemplo, si has tenido que alquilar otra vivienda o pagar por permanecer en la tuya más tiempo, hacer dos mudanzas, etc.) como de los daños morales (estrés, angustia, trastornos, etc.). "Ahora bien, es más fácil demostrar y cuantificar los primeros que los segundos y para reclamarlos posiblemente tengas que ir a juicio", considera la organización.